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Paysandú, Martes 30 de Junio de 2015

Comienza declaración jurada de Dicose

Rurales | 30 Jun Mañana se inicia en todo el país la tradicional declaración jurada de la Dirección de Contralor de Semovientes (Dicose), que se extenderá hasta el viernes 31 de julio.
En diálogo con EL TELEGRAFO, el responsable de la oficina en Paysandú, Yoni Paiva, señaló que este año la declaración viene acompañada por el formulario donde se deberá declarar la tenencia de perros en el establecimiento, y aclaró que por no tenerlo en tiempo, no se adjuntará el formulario del Secretariado Uruguayo de la Lana (SUL).
En cuanto a la declaración de fuentes de agua, se puede hacer por la web y no es obligatoria. Lo que sí está claro es que hasta el 10 de julio se deberá realizar la declaración de los giros comerciales por parte de consignatarios, rematadores, frigoríficos y mataderos, mientras que hasta el 31, inclusive, tendrán tiempo los productores.
El horario de atención a los productores en la oficina ubicada en Jefatura de Policía de Paysandú será de 13 a 19, atendiéndose por orden de llegada. De todas maneras, los productores pueden hacer la Declaración Jurada en cualquiera de las seccionales del interior del departamento.
Paiva aclaró que “este año no habrá prórroga al ser un viernes el último día hábil del mes de junio. Distinto a lo que acontecía en años anteriores, en donde se extendía por algunos días más si el último día no era un viernes”.

COMUNICADO
El comunicado del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca establece que la Declaración Anual de Existencias de Ganado y Frutos del País al 30 de junio tiene el carácter de expresamente requerida y deberá realizarse indefectiblemente entre el 1º y el 31 de julio inclusive, en las comisarías o jefaturas de Policía del Interior del país, o en las Oficinas de Dicose en Montevideo.
Las empresas que realicen actividades comprendidas dentro de los giros comerciales o de intermediación (remates, consignatarios, chacineros, frigoríficos, abastecedores, etcétera) deberán presentar su Declaración Jurada Anual entre el 1º y el 10 de julio inclusive. Las razones sociales que operan en la actividad “consignatarios” deberán exhibir al momento de presentar su declaración jurada, la tarjeta que demuestra la constancia de inscripción en el Registro Nacional de Consignatarios de Ganado (Ley 16.064).
Deberán inscribirse si no lo estuvieran y realizar su declaración todas aquellas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que tengan bovinos, ovinos, equinos y/o caprinos a cualquier título y cantidad, ya sea en zona urbana, suburbana y/o rural.
La totalidad de las razones sociales inscriptas deberán obligatoriamente exhibir, al momento de presentar su Declaración Jurada 2015, la Declaración Jurada 2014 y Planilla de Contralor Interno correspondiente al período 1º de julio de 2014 – 30 de junio de 2015, y esta última será retenida por la oficina coordinadora o lugar de recepción, seccional policial u oficinas centrales de Dicose en Montevideo.
Las firmas inscriptas como tenedores de campo (Dicose iniciado con números) deberán completar la Declaración de Fuentes de Agua, de la Dirección Nacional de Aguas del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, que se realiza conjuntamente con la Declaración Jurada Anual de Dicose. Mientras que las razones sociales cuyo Dicose comience con números, deberán obligatoriamente completar el Formulario de la Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis, el que se considera parte integrante de la Declaración Jurada y tiene en sí ese carácter. Pasado los plazos indicados, según la actividad, se entenderá que se ha configurado negativa a proporcionar información por parte de los obligados omisos, por lo que se impondrán las sanciones del caso en aplicación de las normas reglamentarias.
En casos de presentación tardía, las dependencias internas de Dicose, así como las oficinas coordinadoras establecidas en las jefaturas de Policía y las comisarías de cada departamento, deberán labrar un acta dejando constancia de la fecha, así como de todos los demás elementos que pueden interesar al caso, que será elevada a Dicose a efectos de realizar el trámite administrativo dispuesto en la reglamentación.


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