Paysandú, Lunes 14 de Julio de 2008
Rurales | 11 Jul Del 14 de julio y hasta el 15 de agosto inclusive, se desarrollará la Declaración Anual de Existencias de Ganado y Frutos del País, conocida como Declaración Jurada de la Dirección Contralor de Semovientes (Dicose).
En la oficina local se aguardan aún, «los formularios, los cuales no han sido entregados por parte de la dirección, aparentemente debido a problemas de imprenta», señaló a EL TELEGRAFO el coordinador departamental de Dicose, suboficial mayor Juan Antonio Menéndez Furtado.
El formato de la Declaración Jurada «es similar a la del año pasado», aunque uno de los cambios «será una estadística que lleva el Instituto Nacional de Investigación Agropecuaria (INIA)».
Menéndez precisó que «se modificaron los plazos para el sellado de guía. Antes, dentro de las 24 horas siguientes de entregada la guía, el productor tenía que hacer el movimiento; ahora estampa la guía y dentro de los próximos seis días puede hacer el movimiento».
En otro orden, «si anteriormente constataban que movían animales trazados sin el código de autorización, se dejaba seguir los animales e iba intervenido el lugar de destino. Ahora si no lleva la autorización y va sellada la guía en la dependencia policial, ese ganado vuelve al lugar de salida, queda intervenido a disposición de Dicose y se labra un acta por la anomalía cometida». El productor tiene 10 días hábiles para plantear el descargo correspondiente. El coordinador de Paysandú de Dicose acotó que «hay que cumplir con una serie de requisitos para la entrada y salida de los predios forestados. Para ingresar deben ir acompañados por el despacho de tropa, certificado sanitario habilitado por un médico veterinario, indicando que el predio es libre de enfermedades infecto contagiosa y ecto parasitaria».
Empresas
Las empresas que realicen actividades comprendidas dentro de los giros comerciales o de intermediación (rematadores, consignatarios, chacineros, frigoríficos, etcétera), deberán presentar su Declaración Jurada del 14 al 19 de julio inclusive. El resto de las empresas inscriptas tienen plazo hasta el 17 de agosto.
Los consignatarios deberán exhibir al momento de presentar su documento, la tarjeta que demuestra la constancia de inscripción en el Registro Nacional de Consignatarios de Ganado (Ley 16.064).
Asimismo, deberán inscribirse si no lo estuvieran y realizar la declaración todas aquellas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas que tengan equinos y/o caprinos a cualquier título o cantidad, ya sea en zona urbana, suburbana y/o rural.
La totalidad de las razones sociales inscriptas deben mostrar su Declaración Jurada 2007, así como la planilla de contralor interno del 1/7/07 al 30/6/08, según establece la normativa.
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