Paysandú, Lunes 14 de Julio de 2008
Rurales | 13 Jul La Dirección General de los Servicios Agrícolas recuerda a productores y empresarios que está en vigencia, en todo el territorio nacional, la reglamentación por la que todo equipo de aplicación terrestre de productos fitosanitarios deberá estar en buenas condiciones de funcio- namiento. En caso de circular por la vía pública, deberá hacerlo con el tanque de la máquina aplicadora vacío y descontaminado de residuos de productos fitosanitarios.
Debido a la campaña para combatir la «margarita de Piria», que por decreto del 30/06/04 de Presidencia de la República es declarada «plaga nacional de la agricultura», se señala que la Dirección General de Servicios Agrícolas determinará las zonas definidas de control, las metodologías a utilizar, así como el hecho de que «los propietarios, arrendatarios, tenedores o responsables a cualquier título de las unidades de manejo, deberán efectuar los tratamientos de control establecidos estando comprendidos en dicho decreto, las tierras fiscales, municipales, establecimientos públicos, caminos, vías públicas y zonas francas».
Con las consideraciones del caso y atendiendo a la aplicación de sanciones ante el no cumplimiento de lo establecido en los párrafos precedentes, esta dirección contemplará las acciones responsables de productores y de empresas tanto públicas como privadas en las zonas de control, las que al momento del control de «margarita de Piria» se vean en la necesidad de aplicar fitosanitarios o transitar por la vía pública con sus respectivos equipos de aplicación con productos en las tolvas.
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