Paysandú, Sábado 26 de Julio de 2008
Locales | 21 Jul El Senado aprobó un proyecto de ley referente a pautas para la constitución y funcionamiento de los consorcios de exportación, presentado por el senador Ruperto Long. Por las dificultades que enfrentan las pequeñas y medianas empresas para vender sus productos en el exterior, este proyecto pretende facilitar a dichos emprendimientos todo lo relativo a la exportación.
«Es un paso delante de enorme significación para las pequeñas y medianas empresas, las que podrán a partir de ahora, contar con un instrumento adecuado para exportar sus productos. La idea central es que el Estado contribuya a facilitar la colocación de sus productos en el exterior, ya que son las PYME las que encuentran más dificultades para ese tipo de operativa. Las experiencias internacionales en donde los consorcios han evolucionado positivamente (Italia y España) han demostrado que es necesaria y fundamental la participación del gobierno, otorgando beneficios fiscales, financieros y otros», dijo Long.
Recordó que el 98% de las empresas uruguayas son PYME y que, sin embargo el 93% de las exportaciones totales del país son realizadas por exportadoras grandes y solo el 7% restante cubierto por las pequeñas empresas.
Se denomina «consorcio de exportación» a la asociación que se constituirá mediante contrato entre dos o más personas (físicas o jurídicas) por el cual se vincularán por el lapso contractual para la realización comercial de bienes o servicios al exterior.
Al formarse un consorcio de exportación las PYME podrán trabajar en conjunto; por lo cual al instrumentar la acumulación de los recursos y esfuerzos tendrán la posibilidad de cubrir demandas de mayor volumen, cumpliendo así con los requerimientos de los grandes compradores.
El senador expresó que la ley establece que las empresas se asocien «pero manteniendo su individualidad». «Esto es fundamental —dijo Long— porque una cosa es que usted sea socio para exportar y otra es que usted sea socio y responda por todo lo que el otro haga o deje de hacer».
Agregó que «el tratamiento impositivo establece la denominada neutralidad fiscal, es decir, el consorcio tiene un tratamiento similar al de la empresa única, pero se faculta al Poder Ejecutivo a exonerar a las consorcios de determinados impuestos».
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