Paysandú, Miércoles 20 de Agosto de 2008
Locales | 18 Ago La filial Paysandú de la Asociación de Escribanos del Uruguay, a través de un comunicado, formuló puntualizaciones y aportes en el marco de la aplicación de la Ley 18.127, que asimila a los predios adquiridos por el Banco Hipotecario a las normas vigentes para los del Instituto Nacional de Colonización.
Los profesionales explicaron a través de un comunicado publicado en EL TELEGRAFO que la filial sanducera ha participado en varias instancias para el estudio del tema, y que comparte la idea de fortalecer al INC así como la regularización de la titulación de tierras.
Sostiene que «la discrepancia esencial que se ha dado en este tema es el de considerar incluidos en los bienes que necesitan autorización del INC para su venta y a favor de adquirentes que hayan sido aceptados como aspirantes de tierras por dicho organismo, los bienes que fueron enajenados antes de la Ley 11.029 que creó dicho Instituto de Colonización en el año 1948».
Plantean los escribanos que «se modifique la ley, eliminando el alcance a todas las colonias (parece comprender a toda colonización privada y anterior al año de creación del INC) y en forma especial a las fracciones que habían sido vendidas originalmente por el Sector Fomento Rural y Colonización del Banco Hipotecario del Uruguay».
Recordaron que «durante muchos años el referido instituto nos informó verbalmente e incluso en las oportunidades en que se le solicitó expidió constancias, estableciendo que esas fracciones no estaban comprendidas en la regularización de dicho organismo, y que quienes actuamos con ese convencimiento ahora debemos decirles a los adquirentes que en lugar de comprar bienes libres tienen esa enorme dificultad en cuanto a su valor y posibilidad de negociación».
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