Paysandú, Jueves 21 de Agosto de 2008
Locales | 15 Ago En la sesión de la Cámara de Diputados celebrada el 14 de mayo de 1838 se dio cuenta de un mensaje y proyecto de ley del Poder Ejecutivo, que era ejercido por el general Manuel Oribe, por el cual se declaraban elevadas al rango de ciudad a la Villa de Paysandú y al de villa al pueblo del Salto. Ambas poblaciones, además, eran declaradas Beneméritas de la Patria.
Los fundamentos del mensaje radicaban en la ejemplar bizarría con que Paysandú y Salto habíanse comportado en recientes acciones de guerra, resistiendo a los revolucionarios que seguían al general Fructuoso Rivera.
Pasado el asunto a una comisión especial formada por los representantes Bernardo P. Berro, Ramón Massini, J.M. Martos y Cristóbal Salvañach, ésta se expidió aconsejando se aprobase el siguiente proyecto de resolución, según el pedido del Ejecutivo:
«Art. 1º) Decláranse Beneméritas de la Patria a la Villa de Paysandú y al Pueblo del Salto, elevándose la primera al rango de Ciudad y la segunda al rango de Villa, como testimonio del denuedo, patriotismo y constancia con que defendieron sus hogares y la ley».
«Art. 2º) El P.E. queda autorizado para asignar a los ciudadanos y habitantes que contribuyeron a esa misma defensa un distintivo honorífico que recuerde el valor de sus actos y su relevante conducta».
Sin discrepancia ni modificación, la Cámara votó el proyecto el 31, pasándolo de inmediato al Senado.
El fin del período ordinario de la legislatura que se clausuraba dos semanas más tarde impidió a la Cámara Alta considerar el asunto. El cambio político operado después frenó la iniciativa y el proyecto fue archivado.
Mucho después, según sostiene Fernández Saldaña, «Veintitrés años más tarde, Justo Corta, diputado por el departamento de Paysandú solicitaba la palabra en la sesión del 17 de junio de 1861, para resucitar la iniciativa de 1838».
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