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Paysandú, Viernes 29 de Agosto de 2008

RíO URUGUAY

Edison González Lapeyre destacó alcances de tratados vigentes

Locales | 28 Ago El ex titular de la Delegación Uruguaya en la Comisión Administradora del Río Uruguay (Caru), doctor Edison González Lapeyre, efectuó ayer un análisis del Tratado de Límites del Río Uruguay, el Estatuto del Río Uruguay y del funcionamiento de la Caru, en el marco de una charla de corte académico en la que no refirió al conflicto uruguayo-argentino.
En breve diálogo con EL TELEGRAFO, González Lapeyre dijo que el cometido de su exposición —efectuada en nuestra sala de conferencias— fue «dejar un testimonio» del contenido de aquellos tratados en cuya redacción participó, dado que fue miembro de la Caru durante quince años, cuatro de ellos como delegado y once como presidente de la delegación uruguaya.
Durante su análisis, el profesional destacó el aporte que desde las páginas de EL TELEGRAFO cumplieron Fernando M. Baccaro y Luis Pirieveis, con líneas editoriales que impulsaron la suscripción de acuerdos binacionales. Recordó que a pesar de tratarse de un río navegable, el establecimiento de límites resultó particularmente dificultoso, refiriéndose en primer término a los primeros proyectos de acuerdo, cuyos contenidos significaban para Uruguay la pérdida de islas, pero que luego, gracias a gestiones encabezadas por Luis Alberto de Herrera, concluyeron en la firma del tratado de límites que establece como línea divisoria «el eje del canal principal de navegación».
También recordó la «serie de fracasos» que experimentaron las negociaciones en la década del 60, pero destacó la importancia del acuerdo que más tarde estableció la jurisdicción marítima de nuestro país. Refirió a la interrupción de las negociaciones motivada por un incidente en el Río de la Plata, en tanto elogió la intervención del general Juan Domingo Perón, quien desde Madrid ordenó, antes de asumir la presidencia en 1973, la inmediata resolución de los acuerdos.
Estatuto del Río Uruguay
Durante su análisis del Estatuto, destacó las competencias que otorga a la Caru y lo que establece respecto a responsabilidades en caso de acciones contaminantes o en circunstancias imprevistas, donde resultaba dificultoso establecer jurisdicciones.
«El Estatuto del Río Uruguay es considerado uno de los tratados más completos y más actualizados desde el punto de vista de lo que es el derecho pluvial internacional», porque «le otorga a la Caru potestades legislativas, que le dan el derecho de ejercitar la administración de los puentes», afirmó.
Declinó realizar apreciaciones respecto al conflicto binacional relacionado a la instalación de Botnia, dado que en este momento el diferendo «está a punto de ser saldado en la Corte Internacional de Justicia».
«Creo que es sensato no entrar en un tema tan manido que en lugar de unirnos nos separan», dijo.


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