Paysandú, Lunes 29 de Septiembre de 2008

Regularización de vehículos con matrículas no vigentes podrá hacerse con descuento contado o en cuatro cuotas mensuales

Locales | 26 Sep De acuerdo con la autorización concedida por la Junta al Ejecutivo Departamental, que ahora pasa a consideración del Tribunal de Cuentas de la República, lo adeudado por concepto de patente de rodado –incluido multas y recargos- de vehículos con chapas matrículas viejas, podrá cancelarse con facilidades. Además se autoriza a las demás intendencias del país a proceder de la misma forma con las chapas matrículas de Paysandú no vigentes que circulen en su territorio político, fijándose un plazo de 90 días para esta regularización mediante convenio.
El decreto aprobado señala que podrá cancelarse totalmente abonando los siguientes porcentajes del aforo del vehículo, según tabla de la Comisión Intermunicipal de Aforos del Congreso de Intendentes: en pago contado, 25 por ciento del total del aforo; en pago hasta cuatro cuotas mensuales iguales y consecutivas la primera de las cuales al firmar el convenio, el 33 por ciento del total del aforo. Se aclara que «en el caso de financiación los montos a pagar no generarán intereses y la Intendencia de Paysandú entregará las chapas matrícula y un permiso de circulación transitorio hasta la cancelación total de la deuda, momento en el cual se hará entrega de la libreta de propiedad definitiva».
También se «autoriza a las restantes intendencias a efectuar el cobro del impuesto de patente de rodado y suscribir convenios de vehículos empadronados en Paysandú que se encuentren en la misma situación. Los montos recaudados por dicho concepto deberán ser depositados en la cuenta del BROU 852/6 a nombre de la Intendencia Departamental». A su vez se les autoriza a «realizar el reempadronamiento de los vehículos empadronados en Paysandú con matrículas no vigentes, que se amparen a este decreto departamental y a la entrega de un permiso de circulación transitorio hasta la cancelación total de la deuda, momento en el cual se procederá a la entrega de la libreta de propiedad definitiva». A dichos efectos «la Intendencia donde se reempadrone el vehículo deberá solicitar en forma oficial, la situación contributiva del mismo a los efectos de la percepción del monto correspondiente y deberá acreditar debidamente el domicilio del titular del rodado».
Se aclara que en Paysandú «en caso de realizar un convenio respecto de una matrícula no vigente que pertenezca a otro departamento, el mismo estará condicionado a la previa y expresa autorización de la Intendencia a la cual corresponda la matrícula. Realizado el reempadronamiento se comunicará a la Intendencia de origen, adjuntando copia del convenio y libreta de propiedad y se procederá a la destrucción de las chapas matrículas originales no vigentes». A su vez, se advierte de la inhabilitación del cobro del impuesto de patente de rodado, correspondiente a los años 2008 y 2009, «en aquellos casos en que los convenios suscritos no se encuentren en situación regular de pago». Además que «en caso de incumplimiento en el pago de dos cuotas consecutivas –en el caso de adoptarse el sistema de financiación- se rescindirá el convenio, configurándose la mora de forma automática y reliquidándose la deuda actualizada, descontándose de la misma lo abonado hasta la fecha». Lógicamente que vencido un plazo de 90 días, desde la fecha de vigencia de este decreto, se autorizará a las restantes intendencias a la fiscalización y retiro de las matrículas no vigentes de este departamento», así como se encomendará al cuerpo inspectivo de la IDP a proceder de igual forma con aquellos vehículos que aún circulen en esas condiciones en Paysandú.


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