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Paysandú, Viernes 10 de Octubre de 2008

CR. ALVARO CERNICCHIARO

Rigen modificaciones al IRPF, que resultan beneficiosas para muchos contribuyentes

Locales | 04 Oct Con la liquidación del mes de setiembre, que se está cobrando en los primeros días de octubre, entran en vigencia para el trabajador las modificaciones incorporadas por el Poder Ejecutivo, con la correspondiente venia parlamentaria, al Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que comprenden fundamentalmente el aumento del Mínimo No Imponible (MIN), destacó a EL TELEGRAFO el Cr. Alvaro Cernicchiaro, asesor de empresas de nuestro medio.
Evaluó el entrevistado que esta modificación implica que muchos trabajadores que antes abonaban este impuesto por la franja mínima del diez por ciento pasan a quedar exentos de la tributación por este concepto, en tanto también como regla general se reduce el descuento al subir en unos cuatro mil pesos el mínimo, y a la vez duplicarse las deducciones por hijos para este pago. Dijo el profesional que «las modificaciones fundamentalmente comprenden el aumento del Monto No Imponible (MNI), en tanto también se duplica la deducción de hijos a cargo, es decir el valor que se puede deducir por concepto de hijos menores, y además se duplica el valor que se puede deducir por concepto de seguro de salud».
«El MNI estaba en 8.875 pesos, y ahora pasa a ser de 12.425 pesos, lo que significa que menos personas van a pagar IRPF, porque aquellos que ganen por debajo de este importe no pagan, lo que es un primer beneficio de estas modificaciones. Por otro lado, aquellos que sí superen los 12.425 y que en principio estarían comprendidos dentro del impuesto, seguramente también van a pagar un poco menos en el caso de que tengan hijos, por cuanto se duplicó el valor de la deducción. Y es así que en el caso de los hijos a cargo se pueden deducir 1.923 pesos por mes, a efectos de la liquidación del impuesto, que pasa a ser el doble de lo que era», explicó.
«A la vez, es importante señalar que este valor, que antes era de 6,5 BPC en el año, era solo por concepto de Seguro de Salud de los menores de edad, pero ahora se duplicó y se amplía el concepto por el cual se hace la deducción, que no es solo por salud sino también por educación, gastos de alimentación y de vivienda», sostuvo Cernicchiaro.
«Por lo tanto, lo que antes era una opción solo por tener un hijo con cobertura médica, ahora la deducción que es el doble, es también por concepto de alimentación, vivienda y gastos de educación», puntualizó.
«En definitiva, a efectos de quien está comprendido dentro del IRPF, podemos decir que las modificaciones son todos beneficios, porque sube el MNI, se duplica la deducción por hijos y ello permite un saldo favorable de impuesto a pagar en caso que tuvieran que hacerlo», explicó.
Estos cambios no varían en el caso de los arrendamientos, «sino que se mantienen exactamente igual: se paga el 10,5 mensual sobre el alquiler que se cobra, porque eso tiene que ver con las rentas de capital y las modificaciones que se han hecho tienen que ver con las rentas del trabajo», amplió Cernicchiaro. La Base de Prestaciones y Contribuciones está actualmente en los 1.775 pesos, señaló el entrevistado.


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