Paysandú, Domingo 07 de Diciembre de 2008
Opinion | 05 Dic El Alto Tribunal de Londres concedió recientemente a una adolescente su derecho a «morir dignamente» y evitar el trasplante de corazón al que un hospital quería someterla contra su voluntad apartándola temporalmente de la custodia de sus padres, después de decidir que la joven de 13 años es «suficientemente madura» para la decisión adoptada.
Hannah Jones –quien sufrió un profundo daño en su corazón debido al tratamiento recibido contra una infección derivada de una extraña forma de leucemia— optó por rechazar la intervención quirúrgica y permanecer con su familia hasta que la dolencia cardíaca que padece acabe con su vida.
La referencia a lo ocurrido en Inglaterra se debe a que cabe la posibilidad que decisiones similares se podrían tomar muy pronto en Uruguay sin necesidad de abrir una causa judicial. La Cámara de Senadores aprobó el proyecto de ley por el que se incorpora a nuestro ordenamiento jurídico el concepto de voluntad anticipada.
«El proyecto lejos está de habilitar la eutanasia sino que apunta a defender el derecho del paciente a decidir aceptar o no el tratamiento ante patologías terminales e irreversibles, como puede ser el cáncer», dijo el senador Alberto Cid al explicar que de lo que se trata es de reconocer el derecho de morir dignamente y aclaró que los «cuidados paliativos» para mejorar la calidad de vida del paciente nunca se dejan de practicar.
Asimismo, para llevar a la práctica lo que habilita el proyecto de ley se deberá cumplir con una serie de requisitos y exigencias que establece el articulado, como la documentación que justifica oficialmente la voluntad del paciente, los testigos que debe presentar y la certificación del médico tratante que efectivamente el paciente padece una enfermedad terminal. Asimismo, la voluntad anticipada puede ser «revocada» de forma verbal o escrita en cualquier momento por el titular y, en todos los casos, el médico deberá dejar «debida constancia» en la historia clínica.
En general, este tipo de temas que refieren a la vida y la muerte de las personas –como la manipulación genética, eutanasia, clonación y aborto— generan profundos debates de índole moral, ética y religiosa. En estos asuntos no hay posicionamientos partidarios sino que generalmente cada legislador actúa siguiendo el dictamen de su propia conciencia y es por eso que se dan posturas absolutamente contradictoras en un mismo sector político. Esta vez, lo que pretende habilitar la ley es ni más ni menos que el ejercicio del libre albedrío y el derecho a decidir sobre sí mismo que debería tener toda persona por quien la ciencia ya nada puede hacer. El derecho absoluto y personal de optar por la dignidad de su propia muerte. Veremos qué pasa.
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