Paysandú, Viernes 16 de Enero de 2009
Locales | 12 Ene En su última sesión ordinaria de 2008 la Junta Departamental dio anuencia a la Intendencia de Paysandú para aplicar la vía de excepción a la ordenanza 8289/76 de Construcción e Higiene de la Vivienda, lo que permitirá construir, tal como había sido proyectado, la Cooperativa de Viviendas del Hospital Escuela del Litoral (Covihel).
En el proyecto original de dicho barrio, por un total de 46 viviendas que se levantarán en el padrón 7.138, quinta 79A, en Dr. Roldán e Instrucciones del Año XIII, no se contemplaron algunos aspectos de aquella reglamentación departamental. De las observaciones se desprende que el ancho del baño es de 1,25 metros en vez de los 1,40 previstos en la ordenanza. Pero al estar previsto colocar los artefactos sanitarios en forma longitudinal, se permite un correcto funcionamiento, así como lograr un área de uso de 3,10 metros, cuando lo permitido es un mínimo de 3 metros.
Asimismo el dormitorio secundario tiene en uno de sus lados 2,03 metros cuando la exigencia marcada es de 2,40, por lo que el área total resulta de 6,49 metros cuando el mínimo establecido es 7 metros.
Por último, en el llamado “dormitorio de servicio” la observación técnica que recibió el proyecto de obra es que uno de sus lados tiene 1,80 metros en vez de 2,40, resultando en un área total de 5,76 metros. Se entiende que pese a las diferencias en menos que se consideran entre mínima y aceptable, las viviendas no pierden practicidad ni funcionalidad.
La Comisión de Obras y Servicios con la firma de los ediles Francisco Debali, Ruben Miranda, Beder Mendienta y David Helguera, representantes de los tres partidos políticos, asegura en su informe “haber tenido en cuenta la imperiosa necesidad de viviendas de nuestra población y la urgencia de dar solución a las cuarenta y seis familias de esta cooperativa. Por otra parte, urge dar solución al tema ya que el expediente está para la firma de la Presidencia de la República desde donde volverá al Banco Hipotecario del Uruguay y el préstamo no se concede sin la autorización municipal de construcción”.
“A su vez, el proyecto recoge las medidas estandarizadas para todo el país que tienen el BHU y el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente”.
Así, la Junta Departamental de Paysandú decretó “exceptúase al Centro Cooperativista Uruguayo de lo establecido en el artículo 14, inciso b) numerales 1 y 2 e inciso c) numerales 1 y 2 y en el artículo 47, inciso a) de la ordenanza Nº8289/76 (Construcción e Higiene de la Vivienda) y modificativas, en lo que se refiere al lado mínimo y área de los dormitorios secundario y de servicio y ancho mínimo de los baños, correspondientes a la construcción de 46 viviendas dúplex por el régimen de ayuda mutua, a levantar por la cooperativa Covihel”.
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