Paysandú, Miércoles 28 de Enero de 2009

Derecho a Pensión para concubinos

Nacionales | 24 Ene El presidente del Banco de Previsión Social, Ernesto Murro, informó que entró en vigencia la ley 18.246 de concubinato. Concretamente, la nueva legislación establece que en caso de fallecimiento de uno de los concubinos, el otro tendrá los mismos derechos a la seguridad social que se reconocen a los cónyuges. Para ampararse en la nueva ley, los interesados deberán presentarse, a partir del próximo lunes 26, en oficinas del BPS de todo el país. Para comenzar el trámite, se deberá completar un formulario. La prueba del concubinato podrá comprobarse por dictamen judicial, por un certificado de escribano público o por una declaración jurada. En todos los casos, el BPS mediante una investigación probará el concubinato para otorgar finalmente la pensión. 


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