Paysandú, Miércoles 28 de Enero de 2009
Locales | 26 Ene El Plan Urbanístico de Paysandú y su microrregión que encara la Intendencia Departamental es fruto de un trabajo realizado entre varios técnicos que analizaron no solamente lo arquitectónico sino la funcionalidad que una ciudad y su región debe tener para sus habitantes.
Es así que en el trabajo presentado recientemente por el Área de Ordenamiento Territorial de la comuna se incluye un estudio del contexto planificador, institucional y de gestión territorial de Paysandú y su microrregión, a la vez de realizarse una revisión de antecedentes en materia de planificación, sus supuestos y su aplicación.
El informe reconoce que la ciudad de Paysandú posee una tradición de planificación y regulación urbana excepcional en el contexto nacional. Se señalan los antecedentes remotos, desde la segunda mitad del siglo XIX, el Plan de 1948, llamado “Vilamajó”, cuyas calidades espaciales sostienen aún la estructura urbana de Paysandú y el “Barrio Cooperativo” de Paysandú y su excepcionalidad como experiencia urbana en el campo de la vivienda popular.
El actual Plan Urbanístico
de la ciudad de Paysandú
También se tienen en cuenta dos antecedentes planificadores, como son el producto de la cooperación entre la Intendencia y la Facultad de Arquitectura y trabajos posteriores realizados a nivel de la Intendencia. Fue sometido a consideración de la Junta Departamental en 1999, aprobado en 2003 y modificado en 2005, lo que según los técnicos es “un marco de regulación consistente, si bien evidencia desajustes”, citándose en el informe aspectos normativos (implantación y funcionamiento de industrias y actividades no residenciales, en el ámbito urbano y suburbano) y dificultad para aplicar la normativa.
El otro antecedente, más cercano en el tiempo, es el Plan Estratégico de Desarrollo “Paysandú 2015” y el Plan Urbanístico de la ciudad de Paysandú. Es consecuencia de un convenio entre la Intendencia y la Facultad de Ciencias Económicas, cuya consecuencia más visible es la instalación del Consejo Económico y Social (CES).
Este plan vigente aún fue producto de una prolongada cooperación técnica entre la Intendencia y la Universidad, que se concretó en un trabajo realizado en el marco de un convenio inicialmente celebrado entre la Intendencia de Paysandú y la Facultad de Arquitectura de la Universidad de la República en 1992 y sus respectivas ampliaciones en 1995 y 1998, así como de trabajos posteriores realizados a nivel de la Intendencia, que integró equipos técnicos a esos efectos. Como consecuencia de estas actividades y de sus productos, entregados finalmente en 1998, la Intendencia elevó a consideración de la Junta Departamental dicho Plan en el año 1999.
Este trabajo de cooperación entre Universidad e Intendencia (que como se ve es precedente en el tiempo con relación al anteriormente comentado) es el antecedente directo del Decreto Nº 4489/03 de la Junta Departamental de Paysandú, del 29 de diciembre de 2003 y su modificativo N° 4809/05 de 12 de abril de 2005.
LA NUEVA PROPUESTA
En la propuesta se plantea una visión general de la microrregión y su estructura territorial y una definición con mayor detalle de la “microrregión inmediata”, que es el casco urbano de la ciudad más un amplio sector suburbano y rural. En esta zona se propone establecer una zonificación primaria y una secundaria que expresan en términos de políticas territoriales (lineamientos de actuación) y normativos (uso y ocupación del suelo) el modelo territorial propuesto, junto a un sistema de espacios públicos a escala microrregional y local y un sistema de áreas naturales protegidas.
Se tiene en cuenta el desarrollo local estableciendo un sistema de conectividad regional y microrregional que toma particularmente en cuenta el sistema de transporte de cargas y los accesos al puerto; asimismo se propone una calificación y jerarquización de vías.
Más allá de algunas variantes, otras cosas quedan según estaban en la normativa vigente, como es el caso de la zonificación primaria. Se optó por mantener en términos generales los actuales límites de las áreas urbanas, suburbanas y rurales.
A la vez se propone una revisión y mejor definición de su caracterización y organización interna (zonificación secundaria), atendiendo a las estrategias asumidas, al modelo territorial definido y contemplando las disposiciones de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible Nº 18.308.
Zonificación Secundaria
en suelo urbano
A través de la zonificación secundaria se establece la estructura urbana general y el desarrollo en el suelo urbano. Califica al suelo según usos, predominancia y compatibilidad de los mismos, características tipomorfológicas, ambientales y patrimonio urbano – arquitectónico.
Para la definición de consideran el centro lineal de servicios, la estructura vial, el área industrial, las áreas urbanas Norte, Sur, Este, San Félix y Central, y el sistema de espacios públicos abiertos comprendiendo la costa sobre el río Uruguay.
El suelo urbano se divide, por la zonificación secundaria, en áreas urbanas que podrán ser de definición normativa y de actuación y que por lo tanto identifican partes de la ciudad que son objeto de lineamientos de actuación y normativas específicas.
Se consideran diez áreas: Área Urbana Norte (N), subdividida a su vez, en las Zonas N1 N2 y N3; Urbana Sur (S); Urbana Central (C); Centro Lineal (CL), que a su vez se divide en cuatro tramos caracterizados en forma particular; Puerto, Área Central, República Argentina y Avda. Italia; área urbana de actividades (AUA), que a su vez se divide en una Zona Núcleo y una Zona de Amortiguación; área urbana San Félix (SF).
También hay otras áreas urbanas en la microrregión, que son los centros poblados aislados como Casa Blanca; Pueblo Porvenir, Estación Esperanza, Pueblo Esperanza, Piedras Coloradas, Constancia y las áreas urbanas de fragilidad ecológica y ambiental e interés recreativo: costas y riberas de ríos y arroyos.
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