Paysandú, Miércoles 11 de Febrero de 2009
Locales | 04 Feb El Ministerio de Turismo aclaró, a través de un nuevo decreto con fecha 2 de febrero, que el objetivo del emitido días atrás no era “dejar de considerar a Paysandú como una zona de reconocido carácter turístico” sino excluir de este ámbito territorial la aplicación de la norma que regula la prestación de servicios turísticos inmobiliarios y, entre otras cosas, obliga a las inmobiliarias a inscribirse en un registro y depositar una costosa garantía de funcionamiento a los efectos poder arrendar viviendas por temporada o en forma fraccionada.
De esa manera, según el Ministerio se pretendía atender la realidad de un departamento que pretende brindar servicios turísticos pero no cuenta todavía con un flujo turístico como el que tienen otras zonas del país, donde las inmobiliarias no tienen problemas para solventar la inscripción en el referido registro puesto que, a diferencia de lo que ocurre en Paysandú, la dinámica de la actividad igualmente asegura la rentabilidad necesaria.
Según dijo a EL TELEGRAFO el director municipal de Turismo, técnico universitario Claudio Quintana, el espíritu del decreto emitido por el Ministerio el pasado 19 de enero, era “beneficiar a este sector de actividad de Paysandú permitiendo que las inmobiliarias puedan arrendar viviendas por períodos cortos sin la necesidad de inscribirse en el Registro de Operadores Turísticos del Ministerio”.
Esto significa que en Paysandú se podrán alquilar casas por temporada o fracción pero las empresas de servicios turísticos inmobiliarios no estarán obligadas a realizar un desembolso económico ni presentar importantes garantías --mediante aval bancario, seguro de fianza del BSE o títulos u obligaciones nacionales o municipales-- que, dado el nivel de actividad turística local, lo hacía inviable.
NUEVO DECRETO
En nuestro país la prestación de los servicios turísticos inmobiliarios (condiciones, garantías, etc) está regulada por el decreto 385/94 que, según su artículo 23, circunscribe su ámbito territorial de aplicación a los departamentos de Canelones, Colonia y Rocha y --agregado posteriormente--, Paysandú.
Precisamente, fue en 2004 que a través del decreto 97/04 concretó la inclusión de Paysandú en el decreto 385/94, debido a su “reconocido carácter turístico”, lo que habilitó la prestación en nuestro medio de servicios turísticos inmobiliarios.
Esto implicó que para concretar las transacciones, las empresas del rubro quedaron obligadas a inscribirse en el Registro de Operadores Turísticos del Ministerio y ajustarse a lo dispuesto en el decreto de prestadores servicios turísticos inmobiliarios.
El pasado 19 de enero el Ministerio de Turismo, atendiendo a que “no se ha constatado un volumen de negocios turísticos inmobiliarios que justifique la inscripción ante el Registro de Operadores Turísticos” decretó --en su artículo 1º-- la exclusión de Paysandú del artículo 23 del decreto 385/94 y, en el artículo segundo derogó el decreto 97/04 del 17 de marzo de 2004 que es el que establecía la inclusión de Paysandú en el referido artículo 23 y en sus considerandos señalaba a nuestra ciudad como “una zona de reconocido carácter turístico”.
Luego de contactos mantenidos desde la Dirección de Turismo de la Intendencia, el Ministerio se comprometió a corregirlo. Dicha correción fue realizada a través de un nuevo decreto emitido el lunes y publicado en la víspera en el sitio web de Presidencia de la República.
Esta nueva norma establece la derogación del artículo segundo del decreto 047/009, del 19 de enero de 2009, y explica en su considerando que “lo que se quiso fue excluir del ámbito territorial de aplicación del decreto 385/94, de fecha 24 de agosto de 1994, a la ciudad de Paysandú y no dejar de considerar a la misma como una zona de reconocido carácter turístico”.
Un beneficio para Paysandú
“La intención del Ministerio era derogar la parte para los prestadores de servicios turísticos inmobiliarios en Paysandú, dado que no se justifica, debido al volumen de negocios, que se inscriban en el Registro de Operadores Turísticos. Ahora, si lo desean podrán operar sin necesidad de registrarse en el Ministerio de Turismo. En definitiva, es un beneficio para Paysandú”, afirmó el director municipal de Turismo, quien en la víspera informó de las últimas novedades al presidente del Centro Comercial e Industrial de Paysandú, Andrés Mannise, manifestando este que en las próximas horas convocará a los prestadores de servicios inmobiliarios de la ciudad.
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