Paysandú, Viernes 20 de Marzo de 2009
Locales | 18 Mar Ante una moción al respecto del edil nacionalista Carlos Oyanarte el plenario de ediles departamentales aprobó por unanimidad, un proyecto para implementar la “Declaración de predios libres de brucelosis bovina”.
Cabe recordar que la mayor parte de las seccionales policiales de nuestro departamento y la región han sido declaradas como “zonas de riesgo” y están aisladas por el término de 12 meses. La situación en Paysandú, concretamente, se considera “compleja” teniendo hasta el momento solo tres seccionales libres de este mal.
El mismo prevé que se podrá declarar libre de brucelosis bovina a todos los predios que sometan a sus rodeos a los análisis serológicos pertinentes para la individualización de la enfermedad y que a la fecha de la solicitud, no estén integrando los planes de erradicación.
Se deberá extraer dos muestras de sangre de todas las hembras del establecimiento, mayores a los cuatro meses con un intervalo de seis meses, por técnicos oficiales de Sanidad Animal o técnicos registrados ante la Dirección de los Servicios Ganaderos del MGAP. Tendrá que haber serología negativa de ambos análisis, con lo cual se estará en condiciones de ser declarado libre de brucelosis bovina.
Está previsto que todas las cabañas y establecimientos proveedores de reproductores al hato nacional, obligatoriamente deberán integrar en primer término el Plan de Predios Libres de Brucelosis Bovina, contribuyendo con la certificación de sus reproductores. De lo contrario no podrán comercializar los mismos en remates, liquidaciones, exposiciones o venta particular. Dichos reproductores serán tatuados con las iniciales LBB en la oreja izquierda por técnicos de Sanidad Animal, permitiendo así su posterior comercialización.
Asimismo el proyecto sugiere realizar un mayor control del semen importado por los bancos registrados ante la Dirección General de los Servicios Ganaderos y el Dilave.
El edil Oyanarte solicitó que esta inquietud, ahora transformada en propia del plenario de la Junta Departamental, sea remitida a las dependencias específicas del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca para que se estudie el proyecto. También a la Cámara de Importadores de Semen del Uruguay, a la Comisión de Ganadería de ambas cámaras del Parlamento Nacional, a la Comisión de Ganadería del Congreso Nacional de Ediles, a las gremiales agropecuarias nacionales y a la Comisión Nacional de Salud Animal, así como a las restantes juntas departamentales del país y que se le radique en la comisión específica interna de la Junta de Paysandú para su seguimiento.
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