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Paysandú, Lunes 23 de Marzo de 2009

Centenario de la figura del intendente

El Arq. Juan Carlos Siázaro expuso su premiado trabajo

Locales | 20 Mar Con una precisión notable en cuanto a los hechos históricos que establecieron las bases de nuestra institucionalidad como departamentos, con autoridades de un gobierno con poderes separados en lo ejecutivo (intendente) y deliberativo (entonces Junta Económico Administrativa), vinculando las leyes de 1903 y de 1908 que fuera promovida por el presidente doctor Claudio Williman, el Arq. Juan Carlos Siázaro hizo un somero repaso de su trabajo de investigación. Este fue merecedor del primer premio otorgado por el Congreso de Intendentes y el Departamento de Descentralización Territorial y Gobiernos Departamentales, en concurso abierto a participantes de todo el país.
Al cabo, el propio Siázaro dijo en forma reiterada que cambiaría la voluntad del cuerpo y transformaría el sentido “de esta sesión, ya que fui invitado para un reconocimiento personal, para considerarlo un reconocimiento a las instituciones”. Lo que se hizo fue tomar de la ley del 1903 aspectos que ya estaban insinuados: la ejecutividad por un lado y lo deliberativo por el otro. En esa ley pionera ocurría empero que se confundía en la actividad del presidente de la Junta Económica Administrativa en su calidad de ejecutor de las resoluciones de ese plenario. “Esto es clave para entender lo que vendría en 1908”, dijo el autor del trabajo, “que como hemos coincidido con el arquitecto Walter Belvisi, aquí presente, en alguna medida hubo un retroceso respecto de la ley del ’03: mientras que la Junta Económica Administrativa era electa por los ciudadanos del departamento, al intendente (ley del ’08) lo designaba el presidente de la República, aunque debía contar con los dos tercios del total de integrantes del Senado”.
Lo positivo
Siázaro refirió “a los nuevos roles que se le confirieron a la figura del intendente –ya que designado de esa manera- en que se le otorgan potestades, pero a su vez se le fijan limitaciones--, sus decisiones quedarían sometidas a la Junta Económica Administrativa”.
Por otro lado, el intendente, al ser persona de confianza del primer mandatario tenía la oportunidad de llegar directamente en procura de recursos. “Antes de ello, la JEA tenía que seguir el tortuoso camino a través del Ministerio del Interior”. En ese sentido, se posibilitó a los intendentes vincularse políticamente con los habitantes del departamento, ya que generalmente no eran residentes: el designado en 1909 por esa nueva ley, primero de los intendentes sanduceros, fue Miguel Pagola. El que, como lo afirmó Siázaro citando a EL TELEGRAFO, aparecía siempre ausente o en uso de licencia, al punto que en 1910 solicita “licencia por enfermedad, siendo designado en su lugar el presidente de la JEA, don Antonio Lasarga, que sí era vecino”. En este aspecto la ley no previó suplentes para el intendente sino que fuera sustituido por lo que hoy conocemos como un edil, más precisamente el presidente del cuerpo deliberativo.
Siázaro fue saludado en nombre de las tres bancadas políticas: Patricia Vásquez Varela por el Partido Nacional, Nilda Belvisi por el Partido Colorado y Luis Lopardo por el Frente Amplio. Este último sugirió pensar en un trabajo de fondo, basado en esta tarea de investigación precisamente, que salde la “deuda pendiente” respecto a la historia departamental.
El arquitecto Juan Carlos Siázaro, finalmente, entregó un borrador de su trabajo a cada bancada política y al presidente de la Junta Departamental. Su exposición fue premiada en la sala con un cerrado, sostenido y muy merecido aplauso.


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