Paysandú, Viernes 03 de Abril de 2009
Locales | 28 Mar La aplicación de la Ley 18.187 en su actual redacción, “provoca alarma social, ya que cambia la situación jurídica de tierras de las que se podía disponer libremente y a partir de la vigencia de la misma, ya no”. Así establecieron en la Rural sanducera las instituciones que procuran buscar soluciones a esta problemática y ante la finalización de la prórroga del plazo estipulado por la referida ley de Colonizacion de Tierras.
En el pabellón central de la Exposición Feria de Paysandú, se reunieron directivos de la Asociación de Escribanos del Uruguay y el presidente de la Federación Rural, doctor Octacilio Echenagusía, quienes apoyan la búsqueda de solución, junto a la Asociación Nacional de Productores de Leche y la Asociación Rural del Uruguay. Del encuentro participaron integrantes de la Rural sanducera, la Asociación Uruguaya de Colonos y colonos de la región, varios de ellos de Soriano y Paysandú.
Asistieron el intendente Julio Pintos y asesores, los tres diputados por el departamento, Juan Domínguez, David Dotti y Miguel Otegui (suplente de Bertil Bentos), siendo los grandes ausentes los integrantes del directorio del Instituto Nacional de Colonización (INC).
Preocupa la finalización de la prórroga del plazo estipulado por la Ley, para la presentación de documentación exigida para los bienes rurales que entiende que deben estar bajo este régimen, por lo que “queremos insistir en las graves consecuencias que puede acarrear la aplicación de la misma si no es modificada”, indicaron en el encuentro.
Sostienen que esta Ley “cambia el régimen existente, pues pretende que campos que fueron vendidos libremente, bajo la vigencia de otras leyes, antes de la existencia del Instituto Nacional de Colonización (creado por Ley 11.029 de 1948), por el hecho de haber pertenecido a la cartera rural del Banco Hipotecario del Uruguay, sean considerados como colonias y por lo tanto regulados por dicho instituto”.
Aclararon que la norma atenta contra diversos principios, como ser el de seguridad jurídica: “según el cual las instituciones que eran amparadas por un marco jurídico, hoy se encuentran afectadas por una norma posterior que invoca un interés colectivo superior”. Agregan que “se desconocen los derechos adquiridos con anterioridad y no se tiene en cuenta la prescripción que pudo haberse operado por el tiempo transcurrido”.
Respecto al derecho de propiedad, sostiene que está “regulado, al igual que el de seguridad, en la Constitución”. La nueva Ley establece que una vez vencido el plazo antes mencionado, si no se hubieran presentado los documentos exigidos, empieza a correr un nuevo plazo de 24 meses, al cabo del cual el bien retornará “sin derecho a indemnización de especie alguna, al patrimonio del Instituto Nacional de Colonización”.
Subrayan que esto “es una expropiación que no respeta el procedimiento previsto en la Constitución para tales situaciones”.
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