Paysandú, Viernes 10 de Abril de 2009

EMPRESAS NO PODRÁN ADMITIR ANIMALES DE CAZA PROHIBIDA

Nacionales | 04 Abr El Departamento de Fauna de la Dirección General de Recursos Naturales Renovables del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca emitió un comunicado en el que recuerda a las empresas de transporte y encomiendas que no podrán admitir animales de caza prohibida.
La dependencia recuerda a las empresas destinatarias que “todo traslado de animales o productos de la fauna silvestre de caza permitida deberá respaldarse en un recibo oficial de la empresa” donde deberá constar, con valor de declaración jurada, nombre, domicilio y cédula de identidad del remitente. Esta documentación deberá ser exhibida en caso de ser requerida por los inspectores actuantes.
Según establece el artículo 116 del Código Rural (Ley 10.024), “ninguna empresa de transporte admitirá, como carga o encomienda, animales vivos o muertos cuya caza esté prohibida”. Recuerda que el artículo 8º del decreto 164/996 señala que los ejemplares o productos de especies de caza deportiva deberán trasladarse acompañados del permiso de caza respectivo. Esa repartición establece que en Semana de Turismo sólo se permite la caza deportiva de ciervo axis y tres especies de palomas. Y subraya que las arraigadas prácticas de caza de perdiz, liebre, carpincho, mulita y tatú, entre otras especies, son ilegales.
El Departamento de Fauna informa además que la temporada de caza deportiva de perdiz y tres especies de patos comienza el 1º de mayo. La temporada de caza de liebre se inicia el 15 de abril y la de jabalí es libre todo el año y no se requieren documentos para su transporte.


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