Paysandú, Domingo 17 de Mayo de 2009
Locales | 17 May Durante la actual administración Paysandú recibió un incremento en los aportes del gobierno nacional. Mientras en el período 2000–2005 el departamento recibió el equivalente al 37% del presupuesto departamental, en 2007 el aporte creció al 45% de sus ingresos.
De la Rendición de Cuentas de ese año se desprende incluso que los aportes nacionales representaron el principal ingreso de la comuna sanducera, por encima de lo recaudado por todo concepto en las cajas municipales. En 2007 hubo un déficit del 12% u $88.000.000 menos de acuerdo al informe de la oposición (realizado por el Partido Colorado al tratarse el tema en el plenario de la Junta Departamental), lo que explica que aún cuando los aportes del Estado no alcanzan a la mitad de los ingresos de la comuna, superan sus propios recursos.
Paysandú dispone el 6,4%
El total de recursos que el gobierno nacional vierte a las intendencias del Interior --en esto no entra Montevideo-- alcanza el 3,33% de la totalidad de sus ingresos, con un piso fijado en $3.400.000.000 (tres mil cuatrocientos millones de pesos). Esto significa que si baja la recaudación, igualmente deberá asegurar ese monto a los municipios.
De esa cantidad Paysandú percibe un 6,4%, lo que lo ubica al departamento en un nivel medio dentro de la escala económica de 1 a 18 en que se prorratean los fondos nacionales entre las intendencias. El prorrateo se hace de acuerdo a un esquema que incluye población territorial, PBI departamental, franja de necesidades básicas insatisfechas, etcétera. A vía de ejemplo, en 2007 la IDP recibió $235.038.327, unos 9.500.000 dólares a la cotización actual.
El flujo de recursos nacionales ha posibilitado mantener el pago de sueldos al día al menos en alguna ocasión durante esta administración municipal. Incluso hasta llegó a aplicarse la habilitación especial para un crédito puente de algunas horas, a través del cual el Banco de la República prestó a la IDP el dinero necesario para cubrir dicho compromiso en tiempo y forma, que finalmente cubrió 48 horas después al recibir la partida mensual del gobierno nacional.
optimización de recursos
Otro aspecto positivo registrado durante la presente gestión es que los aportes nacionales son recibidos en fecha, lo cual permite a la administración municipal contar con los recursos a tiempo y sobre valores establecidos de antemano.
Antes, de acuerdo al artículo 640 de la ley 17.296, los recursos anuales eran recibidos en cuatro cuotas y sistemáticamente la correspondiente a enero se cobraba en octubre. Además, se recibía un complemento por la reducción del Impuesto a los Semovientes del 3 al 1 por ciento --dispuesta durante el gobierno de Luis A. Lacalle-- en forma bastante alejada del mes de cargo, con costo financiero para las intendencias. También percibían utilidades de Casinos del Estado con destino a inversiones en los departamentos en que hubiera salas de juego, las que si bien debían ser liquidadas cuatrimestralmente solían llegar con atraso (a modo de ejemplo, Paysandú terminó de cobrar en diciembre de 2004 las cuotas de 2003). Asimismo, las comunas recibían partidas de Diprode con destino a los caminos insertos en los planes denominados “Cuenca Lechera”, que llegaban previa certificación del trabajo hecho, o sea que se trataba de un reintegro de obra realizada y solía ser cobrado en promedio con 10 meses de atraso. También recibían aportes del Ministerio de Transporte y Obras Públicas para caminería rural con meses de atraso y sobre obra certificada, con el riesgo de perder parte en caso de incumplimiento de lo proyectado y los Fondos de Desarrollo Interior (fijados por el artículo 643 de la misma ley) sobre trabajos realizados, que a pesar de estar estipulado recibirlos en 60 o 90 días, solían ser entregados a más de 180 días, como ocurrió en 2002.
También era común cobrar con atraso lo correspondiente al Imesi y las partidas del Instituto Nacional de Alimentación, que solían llegar con seis o siete meses de atraso, tiempo en el que las intendencias debían hacerse cargo de los costos financieros.
Todo esto cambió a partir de la ley 17.930 de Presupuesto nacional, que entró en vigencia en agosto de 2005, que consoldó los pagos y estableció la forma en que debía hacerse efectivo.
En un artículo específico de dicha norma (el 479, que fija el monto a distribuir entre las intendencias) trabajó una comisión de enlace que integraron representantes de las administraciones municipales salientes.
Disposición legal
En la Ley de Presupuesto vigente los artículos que disponen el movimiento de recursos son: el 479 que fija en 3,33% el monto que reciben las intencias del gobierno nacional; 480 y 481 fijan el destino de dichos recursos; 483 y 484, que fijan obligaciones a las intendencias en los denominados “compromisos de gestión”.
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