Paysandú, Martes 19 de Mayo de 2009

Nuevo criterio para cálculo de jubilaciones

Locales | 19 May El Banco de Previsión Social (BPS) resolvió aplicar un nuevo criterio, complementario a los ya existentes, para el cálculo de las jubilaciones con la finalidad que pueda ser mejorado en determinados casos, el monto de la pasividad.
En este sentido, el Directorio del BPS determinó los aspectos generales para la aplicación del segundo párrafo del inciso c) del Art. 71 de la Ley 16.713 que establece: “Si fuera más favorable para el trabajador, el sueldo básico de jubilación será el promedio mensual de las asignaciones computables del período registrado en la historia laboral, si éste fuere menor de veinte y mayor de diez años”. De esta manera, a los trabajadores que tengan efectivamente registrados en la Historia Laboral 11 o más años de trabajo, se le agregará un tercer cálculo a la comparación que hoy se realiza (últimos 10 años comparados con los mejores 20 años), y si la primera le es más favorable, será la que determine la jubilación.
Este criterio se aplicará a los ceses producidos desde el 1° de enero de este año y se comenzará a pagar a partir del 1° de julio próximo.


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