Paysandú, Lunes 08 de Junio de 2009

Proyecto de Ley promueve la inserción laboral de personas mayores de 45 años

Locales | 06 Jun A través de un proyecto de ley, los diputados Alvaro Delgado, del Partido Nacional, y Víctor Semproni, del Frente Amplio, presentaron un proyecto de ley que apunta a contemplar la situación de personas mayores de 45 años, las que encuentran dificultades para su inserción laboral.
Los legisladores subrayaron a EL TELEGRAFO que de la información que brinda el Instituto Nacional de Estadística  (INE) se observa que las personas mayores de 45 años encuentran dificultades de inserción laboral. “La situación de cesantía de personas que tienen la edad señalada y las exigencias actuales del mercado de trabajo los margina ampliamente del mismo. En atención a ello, resulta conveniente incentivar el ingreso del referido colectivo. A tales efectos los incentivos empresariales es una práctica extendida en distintos países para fomentar la contratación de grupos vulnerables en forma transitoria y gradual a fin de no distorsionar el mercado laboral”, señalaron, y agregaron que “nuestra propuesta tiende a instrumentar beneficios tributarios a las empresas que incluyan en su nómina a este segmento de personas”.
Indicaron que las empresas que contraten trabajadores conforme a esta ley “podrán usufructuar los beneficios previstos por hasta el 20% de los trabajadores de su plantilla. Adicionalmente, para que una empresa pueda ampararse en esta norma, será condición mantener en su plantilla al menos el 50% de aquellos empleados por los que no recibe más el beneficio por haber transcurrido el período previsto de cinco años”.
Asimismo, “los gastos en salarios, salarios vacacionales, aguinaldos derivados de la relación laboral con personas mayores de 45 años de edad, tendrán el siguiente tratamiento en el IRAE: a) Para las personas mayores de 55 años, los primeros dos años los gastos incurridos se deducirán hasta dos veces en el IRAE. Los siguientes años se deducirán hasta una vez y media. b) Para las personas de entre 45 y 55 años, los primeros dos años los gastos incurridos se deducirán hasta una vez y media en el IRAE. Los siguientes tres años, se deducirán hasta 1,25 veces”. A los efectos del presente artículo bastará el certificado expedido por el Instituto Nacional de Empleo, el que cumplirá con la forma y contenido que establecerá la reglamentación, señalaron, a la vez de aclarar que el beneficio previsto será aplicable a cada trabajador amparado en la presente norma por un máximo de cuatro años. Asimismo, se establece que cada trabajador podrá ser empleado por un máximo de tres empresas, las que considerarán los porcentajes de deducción de acuerdo a los años ya recibidos de beneficio del trabajador.


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