Paysandú, Sábado 11 de Julio de 2009
Locales | 07 Jul Tras la reciente promulgación de la ley de procedimientos judiciales en pequeñas causas en materia de Relaciones de Consumo, ésta fue objetada por la Liga Uruguaya de Defensa del Consumidor por encerrar “una serie de problemas, peligros y deficiencias”.
Desde el Área de Defensa del Consumidor (Ministerio de Economía y Finanzas) se indicó que “la nueva norma legal --Ley 18.507-- establece un procedimiento sencillo, ágil y de mínimo costo para los ciudadanos que permite dirimir en el ámbito judicial controversias entre consumidores y proveedores que involucren reclamaciones de hasta 100 Unidades Reajustables (equivalente en la actualidad a $ 41.904)” y recordó que la misma “satisface una antigua demanda de las asociaciones de consumidores” y cumple con lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley de Relaciones de Consumo (Ley 17.250 de agosto de 2000) que consagra como uno de los derechos básicos del consumidor “el acceso a organismos judiciales y administrativos para la prevención y resarcimiento de daños mediante procedimientos ágiles y eficaces”.
La mencionada ley resultó de una iniciativa conjunta de la Suprema Corte de Justicia y del Área Defensa del Consumidor de la Dirección General de Comercio del Ministerio de Economía y Finanzas, instituciones que en noviembre de 2007 conformaron una Comisión Técnica que elaboró el texto del proyecto de ley que el Poder Ejecutivo elevó a consideración del Parlamento en noviembre de 2008. Dicha Comisión estuvo integrada por la doctora Dora Szafir, el doctor Fernando Cardinal y la escribana Moyra Di Giobbi por el Poder Judicial y por la escribana Ana María Sánchez y la doctora María Inés de los Santos por el Área Defensa del Consumidor. Con pequeñas modificaciones, el texto elaborado por la mencionada Comisión se plasmó en la norma recientemente aprobada.
Consumidores
alertan sobre costos
y peligros jurídicos
La nueva ley que facilita el acceso a la Justicia de los consumidores para reclamar por pequeñas causas, “parece muy buena”, pero “ encierra una serie de problemas, peligros y deficiencias”, indicó la Liga Uruguaya de Defensa del Consumidor.
La presidenta de la Liga, doctora Laura Paz, indicó que si bien es muy bueno que se haya finalmente aprobado una norma jurídica por la que la organización ha estado trabajando desde hace 27 años, “el resultado obtenido no es satisfactorio”, ya que la redacción final de la misma “puede afectar fuertemente los derechos de los consumidores”.
La organización entiende que la norma aprobada “puede menoscabar la posibilidad de defensa del Consumidor”, como resultado de abreviar las etapas del proceso judicial, ya que no da chance al reclamante a una posterior revisión de la sentencia, sino ante el mismo juez y en el mismo momento de su decisión. El sistema implementado, observó, “hace perder las garantías que usualmente da la Justicia, permitiendo que se apele a niveles superiores.”
Sobre ello la doctora Paz explicó que en el artículo segundo de la nueva Ley se establece que “sólo se admitirá recursos de ampliación y aclaración” ante el propio Juzgado responsable y que además, esto se podrá hacer únicamente en el momento de la propia audiencia, una vez dada la sentencia, “sin posibilidad de prórroga alguna”.
La situación se puede hacer más grave y dejar más desprotegido al consumidor, si éste, en el marco de la posibilidad de la Ley, actúa sin asistencia letrada. Vinculado a ello, la Dra. Laura Paz advirtió que la nueva norma permite que los consumidores se presenten ante los Juzgados de Paz en forma directa, sin el auxilio de un abogado. “Si bien por un lado esto parece ser un buen beneficio de la Ley, al poder actuar sin un abogado, la realidad será que la mayoría de los consumidores, sobre todo los menos informados, los menos educados y los más pobres, estarán muy desprotegidos”, enfatizó la presidenta de la Liga Uruguaya de Defensa del Consumidor.
El aspecto negativo de esa liberalización es que sin asistencia letrada, “el consumidor podría menoscabar aún más su posibilidad de información, asesoramiento y defensa”, afirmó.
Desequilibrio de las partes
Recordó que existe un gran desequilibrio entre el proveedor y el consumidor, observando al respecto, que “mientras las empresas tienen gran poder económico, y un posible ejército de asesores y abogados, el consumidor se encuentra solo y desamparado, con su problema y además con escasa o nula información y sin nadie que lo respalde”.
Otro punto que fue calificado como “engañoso” por la Liga Uruguaya de Defensa del Consumidor”, es la supuesta gratuidad del sistema. Al respecto, Paz puntualizó que si bien se excluyen otros gastos de acceso a la justicia, y únicamente es necesario pagar un timbre que equivale al 1 por ciento del valor de lo demandado, hay un peligro oculto que afecta al consumidor.
La ley establece que en la sentencia el Juez impondrá a la parte “los costos y las costas” del proceso, en caso de corresponder a la parte vencida. “Traducido a lenguaje corriente”, advirtió la Liga Uruguaya de Defensa del Consumidor, “eso quiere decir que eventualmente el consumidor reclamante de algo de un pequeño monto económico, podrá verse enfrentado a los abultados costos de asistencia letrada y otros, en que ha incurrido la empresa contra la que ha reclamado”.
“Los consumidores dudarán mucho ante la posibilidad de reclamar por pequeños problemas de productos o servicios, ya que si no se les reconoce su reclamo y derechos, podría tener aún mayores perjuicios de los que ya le ha provocado el propio problema por el que reclaman”, agregó.
“Engaña pichanga”
En lenguaje corriente podríamos decir que la ley es un “engaña pichanga”, dijo la presidenta de la Liga Uruguaya de Defensa del Consumidor. “No es la solución por la que trabajamos y luchamos los últimos 27 años, ni se empareja con los llamados ‘Tribunales de pequeñas causas’ que funcionan en muchas partes del mundo, como algunos suponen”.
“La iniciativa original ha sido trampeada y la solución es engañosa”, enfatizó, agregando que “ahora buscaremos que la norma sea corregida en sus graves defectos”.
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