Paysandú, Domingo 16 de Agosto de 2009

Plazo de 120 días para lograr facilidades por deudas con INAC

Rurales | 10 Ago Comenzó a correr el plazo de 120 días para acogerse a una serie de quitas y reducción de recargos e intereses por mora sobre deudas que se hayan contraído con el Instituto Nacional de Carnes (INAC). El Poder Ejecutivo reglamentó el 3 de agosto la ley 18.517 que faculta a dicho organismo a conceder una serie de facilidades con el propósito de cobrar las deudas que se mantienen.
INAC podrá reducir los correspondientes recargos e intereses de mora aplicables, por pago contado o de conformidad al régimen de facilidades. En caso de pago contado, las quitas de multas y la reducción de recargos e intereses por mora calculados a la fecha de su efectivo pago, no podrán exceder el 50% de sus respectivos montos.
En caso de facilidades de pago, las quitas de multas y la reducción de recargos e intereses por mora calculados a la fecha de celebración del respectivo convenio, no podrán exceder el 30% de sus respectivos montos. El monto resultante podrá ser pagadero hasta en treinta y seis cuotas calculadas en UR, con un interés anual del 6% hasta la extinción total de la obligación.
El otorgamiento de las facilidades de pago no obstará el mantenimiento de las medidas adoptadas en el juicio ejecutivo promovido por el Instituto Nacional de Carnes contra el deudor, a fin de asegurar el cobro de la multa objeto del régimen de facilidades que otorga dicha ley.
Los convenios de pago suscriptos al amparo del régimen de facilidades previsto en la ley de referencia caducarán por falta de pago de dos cuotas sucesivas. De ocurrir, se hará exigible la totalidad del saldo impago mediante el inicio o la continuación de los procedimientos de ejecución.


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