Paysandú, Martes 20 de Octubre de 2009
Nacionales | 20 Oct La Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucional la aplicación de la Ley de Caducidad para el caso de la militante comunista Nibia Sabalsagaray. La sentencia –que tuvo un voto en contra-- está de acuerdo con los argumentos planteados por la Fiscalía y los familiares, en cuanto a que la ley viola la separación de poderes. Por este motivo se afirma que la lógica de los hechos dice que la ley no puede ser fuente de derecho.
El máximo órgano de justicia sostiene también un argumento nuevo: la Ley de Caducidad no debería ser considerada como ley de amnistía porque no obtuvo las mayorías requeridas por la Constitución para una ley en ese sentido. Los familiares de Nibia Sabalsagaray ya fueron informados del fallo por su abogado.
Sabalsagaray fue detenida en su domicilio la madrugada del 29 de junio de 1974 y conducida al Batallón Nº 5. Al mediodía del mismo día, se informó su muerte a los familiares, catalogándola de suicidio.
EDICIONES ANTERIORES
A partir del 01/07/2008
Oct / 2009
Lu
Ma
Mi
Ju
Vi
Sa
Do
12
12
12
12
Diario El Telégrafo
18 de Julio 1027 | Paysandú | Uruguay
Teléfono: (598) 47223141 | correo@eltelegrafo.com