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Paysandú, Miércoles 11 de Noviembre de 2009

El servicio de playa Park

Locales | 10 Nov En el caso de la estructura del parador de Playa Park, el permisario lo explotará hasta el 4 de abril de 2010, pagando cinco unidades reajustables mensuales.
El parador -cuyas eventuales reformas corren por cuenta del concesionario- deberá funcionar los siete días de la semana, incluyendo los feriados, y al menos durante 12 horas al día. El horario lo fijará el adjudicatario.
Entre los servicios que debe cumplir figura la provisión a su costo de dos baños químicos, uno para damas y otro para caballeros, con su respectivo mantenimiento higiénico.
Bebidas y comidas
Las posibilidades de negocios que se habilitan son varias: está la venta de refrescos, jugos, licuados, bebidas alcohólicas y aguas, pudiendo también disponer de servicio en el área de playa (puede ser con un kiosco o estructura de estilo playero para extender parte del servicio del parador en la playa). También puede vender snack, comidas rápidas como frankfurters, papas fritas, pizzas y sandwiches y comidas típicas de playa, como pueden ser choclos, helados, ensaladas de frutas o pororó. En todos los casos el nivel de precios de venta deberán estar acorde a los que se manejan en los comercios establecidos en la ciudad y deberá colocar la lista de precios en un lugar visible, como también un formulario de sugerencias y quejas para asegurar el excelente funcionamiento del servicio. Será siempre responsable directo de la buena calidad y buen estado del servicio.
Podrá disponer de música funcional acorde al perfil de la zona, aunque no está autorizado a organizar bailes gratuitos o con costo de entrada. Asimismo se lo habilita a la venta o alquiler de juegos de playa, como pelotas, paletas, tejos, y otros elementos.
También deberá brindar un servicio de información general al turista, así como aceptar el pago con monedas extranjeras como pesos argentinos, dólares o reales.
RESponsabilidad ambiental
El adjudicatario deberá colaborar con la Intendencia en la gestión ambiental de la playa, en el marco de los requisitos de la Norma Playa Natural, asumiendo por ejemplo el mantenimiento del entorno inmediato del parador en lo que respecta a residuos domésticos; debe colocar recipientes de residuos que permitan a sus usuarios la clasificación con bolsas verdes para residuos orgánicos y bolsas blancas para residuos inorgánicos. Es clara la disposición sobre que la higiene en el área circundante del parador es responsabilidad exclusiva de los concesionarios. También debe responsabilizarse de la limpieza del predio en un radio de 50 metros a la redonda, así como la higiene interior y exterior, infraestructura y calidad en el manejo de alimentos.
También tendrá como responsabilidad llevar los residuos orgánicos al Compost del Vertedero Municipal, mientras que los residuos inorgánicos serán retirados por los camiones de recolección de la Intendencia.


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