Paysandú, Domingo 22 de Noviembre de 2009
Opinion | 19 Nov La instrumentación de la denominada Ley Solar Térmica abre una moderada expectativa de que gradualmente nuestro país pueda ir incorporando esta alternativa a la matriz nacional, teniendo en cuenta además que la latitud en que se encuentra el Uruguay y otros factores permiten tener disponible un gran potencial energético para una diversidad de usos.
El director nacional de Energía, Ing. Ramón Méndez, al evaluar los alcances de la normativa, precisó que para su incorporación se ha contado con el aporte de empresas, la Asociación Nacional de Micro y Pequeñas Empresas (Anmype), la Dirección Nacional de Energía, UTE, universidades, intendencias y asociaciones profesionales, en tanto fue presentado como proyecto por el senador Rafael Michelini y el diputado Jorge Possi.
Por supuesto, no estamos ante ningún descubrimiento ni idea que no haya sido aplicada en otros países, pero en el caso de Uruguay nos encontramos ante un elemento que puede contribuir a paliar el déficit de generación eléctrica junto con el aporte de aerogeneradores y plantas que utilicen biomasa, a la vez de reducir la demanda de otros energéticos.
La energía solar presenta la posibilidad de transformarse en energía eléctrica a partir de celdillas voltaicas, pero el objetivo prioritario y los mejores resultados en cuanto a rendimiento energético se obtienen en la reconversión de calor directa, como es el caso del calentamiento y precalentamiento de agua.
No debe perderse de vista que Uruguay, salvo en un período reducido del invierno, tiene jornadas muy soleadas, que permiten un rendimiento muy alto de energía solar, lo que sería de gran provecho para emplear en la industria y las economías domésticas.
De acuerdo a las estimaciones de la Dirección Nacional de Energía, la inversión en instalaciones para el uso de energía solar se amortizan en un período estimado de tres a cinco años, dependiendo ello del tipo de inversión que se realice, en tanto los estudios que se han encarado indican que el 20 por ciento de la energía se utiliza en nuestro país para el calentamiento de agua, donde radica precisamente el fuerte de la energía solar.
Ello da la pauta de la pertinencia de orientar las inversiones hacia el aprovechamiento de la energía solar térmica, y para ello la norma de referencia establece disposiciones que deben cumplirse en las nuevas construcciones, que deberán estar dotadas de instalaciones que hagan uso de esta energía.
Así, en dos años los edificios nuevos deberán contar con equipos de calentamiento de agua con esta energía en un 50 por ciento, y además se obliga al Estado a que todos sus edificios deban contar con estos dispositivos. Asimismo, se apunta a que a nivel industrial se utilicen instalaciones de estas características para el precalentamiento y el consecuente ahorro para llegar luego a la temperatura final requerida mediante otro energético, mientras de la misma forma, también las piscinas climatizadas deberán contar con equipamiento para este destino.
Las buenas intenciones que se desprenden de esta ley quedarían en letra muerta si no se acompaña la idea con instrumentos que permitan hacerla realidad, desde que es notorio que el cuello de botella, tanto para las economías domésticas como para las empresas, pasa por disponer de una fuerte suma inicial que solo puede ser amortizada en períodos de hasta un quinquenio, para recién después traducirla a beneficios directos desde el punto de vista económico.
Por lo tanto el aspecto crediticio resulta fundamental para que pueda encararse una reconversión dentro de un período razonable, teniendo en cuenta que esta perspectiva debe también sonar atractiva para que el ciudadano medio pueda aliviar la onerosa facturación de UTE y los altos costos de otros energéticos.
En este contexto debe valorarse que la ley promueva la fabricación nacional de estos equipos y se cree un fondo manejado por la Corporación Nacional para el Desarrollo, con el apoyo de entidades financieras privadas, a efectos de financiar la instalación de paneles solares térmicos, lo que debería hacerse a intereses y plazos preferenciales, desde que estamos ante una alternativa que permitiría aliviar la factura petrolera y los costos adicionales de compra de electricidad por UTE a países vecinos, nada menos.
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