Paysandú, Viernes 04 de Diciembre de 2009

OPINIONES

SOLICITADA

Locales | 29 Nov Sr. Director:
La presente solicitada tiene tres objetivos. Primero hacer referencia a la nota publicada en su prestigioso Diario de fecha 1º de octubre de 2004 y la pertinente aclaración en cuanto a lo allí publicado.
En segundo lugar dirigirme a la Justicia y a lo sucedido en las diferentes instancias procesales que llegan a una resolución con la misma decisión, tanto en primera instancia en el Juzgado Letrado en lo Penal de Paysandú, como en segunda instancia en el Tribunal de Apelaciones en lo Penal.
En tercer lugar un reconocimiento y agradecimiento por el apoyo a todos quienes desde su posición me acompañaron en el duro momento que me tocó vivir.
Y en cuarto lugar, mi reflexión por lo vivido.
1) Nota publicada en su Diario de fecha 1º de octubre de 2004.
En cuanto a este punto transcribiré las citas que son imprescindible aclarar ante la opinión pública, y que están respaldadas con el fallo en dos instancias de la Justicia. La misma se titula “Enfermera procesada tras extraer del Hospital material que se usa para abortos”. Me es imposible explicar el dolor inmenso que sentí y que siento con el titular de esa nota, la que para el común de la gente como yo, significa, y nada más lejos de la realidad, jamás en mi vida realicé tarea alguna que esté relacionada con esas prácticas. Y el titular deja abierta la puerta para que la gente piense que sí lo hice, lo que reitero no es así, y la Justicia en ningún momento del proceso me investigó por realizar esa actividad, porque no lo hice y ésto, aunque sea reiterativo debe quedar bien claro para la opinión pública. “Usados por su madre”. Continúa diciendo la nota “una vez localizada A.C.A., dijo que parte de los medicamentos, antibióticos y calmantes, así como las sondas y las jeringas habían quedado en su casa luego de que su madre, portadora de una enfermedad terminal, los utilizó hasta su fallecimiento en julio de 2002, manifestando que su intención siempre fue devolverlos en algún momento al Hospital Escuela del Litoral”. A.C.A.V., quién tenía acceso a la farmacia del nosocomio, añadió que “los medicamentos y los materiales habían sido dejados en su casa por los profesionales que atendieron a la enferma” A esto voy a transcribir parte de la sentencia del Tribunal de apelaciones en lo Penal de Primer Turno, Sentencia Nº 151 ... “Se encontró en el domicilio de la encausada acopio de insumos médicos y medicamentos, de los que usaban dos de sus familiares enfermos, pero no se pudo determinar que los mismos provenían del lugar en el que se desempeñaba la misma porque ellos se los había apropiado ilícitamente. La fecha de los lotes de los medicamentos, posteriores a la del fallecimiento de la madre, sin que se haya probado que los mismos eran los que usaba el hermano, que no había fallecido al tiempo de los hechos, y sin que se sepa su procedencia, no indica la apropiación ...”, esto es lo que confirma el Tribunal en esta instancia y más “... el desorden administrativo y contralores del centro hospitalario del que no se sabe con certeza si salieron los insumos médicos que tenía la encausada en su casa, con los medios probatorios agregados, no puede endilgarse por vía de un delito a la misma, so riesgo evidente de violar el principio de inocencia”.
En otra parte de la nota se destaca “una inspección minuciosa de los elementos requisados permitieron constatar que las agujas y algunos materiales presentaban fecha de expedición de agosto de 2003; más de un año después del fallecimiento de la madre de la detenida, por lo que su coartada quedó sin validez”. Es necesario decirle a la opinión pública que no tuve coartada de ningún tipo, yo no tenía nada que ocultar y no debía defenderme de nada por eso no era preciso ninguna coartada. Jamás pasó por mi cabeza mentirle a la Justicia y la enfrenté con la verdad y por ello la Justicia me absolvió del delito que se me imputaba. Soy una persona común, de familia de trabajo y no me dedico a crear coartadas, para falsear la realidad ni en este caso ni en ningún caso de la vida. La Justicia tanto en primera instancia como en segunda instancia así lo confirma.
Y en la parte final de la nota establece “tras tomar declaraciones, la Magistrada resolvió la libertad del hombre y el procesamiento sin prisión de A.C.A.V. por un delito de peculado, lo que constituye un error importante, ya que el delito que se me imputó por la Juez Letrado de Primera Instancia de Segundo Turno de Paysandú fue el de apropiación indebida y esto es sumamente necesario dejarlo en claro, así como que tanto en Primera como en Segunda Instancia fuí absuelta por dicha imputación.
2) La Justicia y los actos procesales que determinaron mi absolución
El considerando II) de la Sentencia 151 del Tribunal de Apelaciones de Segundo Turno reza: “Formalmente la compleja causa se tramitó morosamente, lo que puede explicarse si se atiende a la cantidad de prueba incorporada en las distintas etapas procesales y al traspapelamiento en el despacho de la anterior titular de la sede del que se cuenta la impugnada. En cualquier caso se dieron todas las garantías del debido proceso a las partes”. La Sentencia en apelaciones que confirma lo resuelto por la Primera Instancia es de fecha 30 de abril de 2009, y mi procesamiento fue en setiembre de 2004. El sentimiento de angustia y dolor que padecí por este procesamiento en estos 5 años, se han calmado en parte por mi aboslución e inocencia tanto en Primera Instancia como en Segunda Instancia por la Justicia, y al batallar continuo e incesante de mi Letrado patrocinante el Dr. Gustavo Sabariz, el cual puso toda su energía y medios a su alcance para que mi inocencia se declare como se logró. Fueron 5 años angustiosos pero me reconforta saber que la Justicia se ha expedido por mi inocencia y por eso estoy aquí exponiendo a la opinión pública que así como se enteró que había sido procesada, debe saber que fui absuelta por la Justicia.
3) Agradecimientos
Es sumamente necesario para mí agradecer a todos quienes me apoyaron en este duro momento que me tocó vivir. A mi familia que estuvo a mi lado, a mi madre que desde el cielo me dio fuerzas y esperanzas de que todo iba a resultar de la mejor manera para mí como sucedió, a mi Letrado patrocinante, el Dr. Gustavo Sabariz, que puso todo su tezón y sus conocimientos para lograr el resultado que se logró, mi inocencia, tanto en Primera Instancia como en Segunda Instancia en la Justicia,.Batallador, paciente y siempre dándome ánimo, la verdad que su labor fue técnicamente excelente y humanamente necesaria, desinteresada e imprescindible. Carina García, mi amiga de todas las horas que estuvo a mi lado desde el primer momento apoyándome, animándome y dándome las fuerzas necesarias para luchar por mi inocencia y recuperarme del mal momento que me tocó vivir. A todos los compañeros del hospital Escuela del Litoral que siempre confiaron en mí y me dieron su respaldo, tan necesario en esos momentos, y al gremio que desde su ámbito, también me respaldaron y apoyaron; a Diario EL TELEGRAFO, que desde su siempre convicción democrática, me da la oportunidad de expresarme ante la opinión pública, a todos a todos, las gracias de corazón.
4) Reflexión
Me tocó vivir momentos de mucha angustia por lo ocurridos, me presento ante la opinión pública para decirles que camino con la frente alta, que fui inocente desde el primer momento y la Justicia, aunque tardó cinco años en darme la razón, me absolvió del delito imputado, tanto en Primera Instancia como en Segunda Instancia. Confié siempre en la Justicia, por esto estuve y estoy muy tranquila, pero al tomar estado público mi causa, considero que también es necesario tome estado público mi inocencia que la Justicia determinó.
Adriana Amarillo
CI 4.145.193-1


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