Paysandú, Jueves 11 de Febrero de 2010

Avatares del sistema jubilatorio

Opinion | 05 Feb El sistema jubilatorio uruguayo, regido por el Banco de Previsión Social (BPS), sigue dependiendo de la “solidaridad” intergeneracional, que no significa otra cosa más que los trabajadores de hoy con sus aportes contribuyen a pagar las prestaciones –siempre insuficientes-- de los pasivos, los que a su vez durante la vida activa habían hecho lo propio con quienes los antecedieron y así sucesivamente.
El punto es que este esquema jubilatorio por lo tanto sostiene compromisos asumidos durante toda la vida activa de quienes se jubilan en base a los aportes actuales, lo que termina en que la salud financiera del BPS depende de la coyuntura económica del país y por lo tanto sujeta a los avatares de las crisis y períodos de bonanza.
Ello determina que en base a estos vaivenes deba recibir transferencias del gobierno central, esto es de Rentas Generales, en mayor o menor medida según las circunstancias, a partir de una relación activo-pasivo que dista de ser la ideal en el Uruguay, desde que para que un sistema de estas características pueda autosostenerse se requiere una relación no menor a 3 activos por cada pasivo, cuando en nuestro país hemos caído a 1,5 hasta hace pocos años, y llegado a casi 2 en los últimos años por la mejora de la situación económica, un mayor grado de regularización de aportes “en negro” y una tasa de empleo que ha evolucionado, sin por ello dejar de tener en cuenta que existe mucha precariedad, empleo mal remunerado y una sustentabilidad dudosa por efectos de un esquema socio-económico que es altamente vulnerable a las coyunturas.
Paralelamente, está en vigencia el ahorro individual a través de las administradoras de fondos previsionales AFAP, mientras a la vez rige un régimen de transición en base a la norma vigente desde 1996, que afecta a quienes tenían más de cuarenta años para esa fecha pero aún sin causal jubilatoria, el que precisamente comprende a quienes se están jubilando actualmente.
La cuenta de ahorro individual es la que más ventajas ofrece a quien aspira a generarse prestaciones decorosas en el retiro, desde que lo que va ahorrando le reporta una rentabilidad superior a la que obtiene por el BPS con su sistema de solidaridad intergeneracional. El punto es que ambos sistemas deben coexistir debido al arrastre de la situación anterior en la que solo existía el primero de ambos regímenes y que a la vez se fue degenerando por manejos políticos inapropiados de los gobiernos de turno, cuando distribuyeron más de lo que se podía y así se fue desfinanciando la institución, y lo que es peor, generando compromisos cada vez más difíciles de cumplir. Hoy tenemos un régimen mixto que tiene luces y sombras, con situaciones disímiles de acuerdo al ingreso de los beneficiarios, los años de trabajo y la edad, por lo que resulta injusto establecer una apreciación general de quien resulta favorecido o no, aunque en términos del contribuyente sí tenemos al gran perjudicado, porque al requerirse recursos de Rentas Generales todos tenemos que poner de nuestros bolsillos para sostener el sistema solidario, encima de lo que cada trabajador vierte por concepto de montepío.
Pero lo que es peor aún, contrariamente a lo que ocurre en los países desarrollados, donde se observa una tendencia a bajar la edad en la que los activos se acogen a los beneficios de retiro jubilatorio, en el Uruguay, por el contrario, la pauta es mantener o hasta aumentar la edad, a partir del régimen de transición, por cuanto el monto de la prestación, de poco más de la mitad de lo que se percibe en actividad, tiene efecto disuasorio sobre quien llega a la causal jubilatoria al asumir que habrá de bajar su calidad de vida justo cuando debería tener la tranquilidad de un buen pasar producto de una vida de trabajo.
Este escenario presenta entre otros desafíos, que también tienen que ver con el envejecimiento poblacional, la necesidad de conciliar los legítimos requerimientos de quien aspira a obtener prestaciones acordes a su esfuerzo de tantos años, con los recursos de los ciudadanos que aportan a Rentas Generales que sostienen parcialmente el régimen solidario intergeneracional, hasta que las condiciones socioeconómicas permitan que se llegue a un sistema lo más amplio posible de cuentas individuales, en el que cada uno pueda depender de su propio ahorro, en lugar de sostenerse con lo que aportan los trabajadores de hoy.


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