Paysandú, Domingo 25 de Abril de 2010

Comisión del Senado recibirá a colonos con perspectivas de atender sus reclamos

Locales | 20 Abr El 6 de mayo la Comisión de Ganadería de la Cámara de Senadores recibirá a una delegación de la mesa de colonos que procura la derogación o modificación de la Ley 18.187, que ha establecido exigencias para la enajenación de los predios adquiridos por los colonos acogidos al régimen anterior a 1948, a través del Banco Hipotecario, asimilándolos a los que fueron incorporados al amparo de la posterior ley 11.029, que creó el Instituto Nacional de Colonización.
En los últimos días han surgido indicios alentadores para los afectados, al conocerse por versiones de dirigentes políticos que desde el oficialismo habría un cambio de postura respecto a la normativa, y por ende podrían satisfacerse los reclamos más importantes que formulan los colonos.
Precisamente en las últimas horas el líder de Vamos Uruguay Pedro Bordaberry, integrante de la Comisión de Ganadería del Senado, confirmó que legisladores del Frente Amplio comunicaron su voluntad de dejar sin efecto lo establecido en el Artículo 70, respecto a quienes habían adquirido tierras a través del Banco Hipotecario, estableciendo que solamente en el caso de que se venda la tierra se tendría la obligación de ofrecerla primero al INC, en las mismas condiciones de la operación de compra-venta pactada.
Bordaberry subrayó que en esta legislatura la actitud del oficialismo parece ser notoriamente distinta a la que llevó a la aprobación de la ley y rechazo de los planteos que habían formulado los colonos respecto a la normativa, salvo las sucesivas prórrogas para el registro de títulos ante el Instituto Nacional de Colonización.
Los colonos entienden que la Ley 18.187 los perjudica abiertamente, pese a que se han fijado prórrogas para el registro obligatorio de los títulos ante el INC, porque sus tierras ya no son de libre disponibilidad y han perdido valor por esa ley que consideran se aplica en forma retroactiva y modifica reglas de juego por las que en su momento se habían adquirido los predios, que eran de libre disponibilidad.


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