Paysandú, Martes 27 de Julio de 2010
Nacionales | 23 Jul Ante versiones periodísticas que señalaron modificaciones de los controles que se efectúan al régimen de tráfico fronterizo, la Dirección Nacional de Aduanas informó que no se ha modificado la normativa vigente. El artículo 131 del Código Aduanero expresa: “Tráfico fronterizo. El Poder Ejecutivo establecerá un régimen especial de entrada y salida del territorio aduanero nacional de mercaderías o artículos para consumo de los pobladores de países limítrofes o del territorio nacional que residan en las respectivas zonas de frontera”. Con la finalidad de atender exclusivamente las necesidades de los pobladores de escasos recursos de las zonas de frontera, Aduanas autoriza el ingreso al territorio nacional de hasta cinco kilos de bienes comestibles sólidos por persona y por semana. Según la reglamentación en vigencia, la autoridad aduanera evitará las situaciones de uso abusivo o desviado de la autorización. Aduanas aclaró que “no existe en la terminología de la operativa aduanera vigente, la definición de ‘cero kilo’ y por tanto no se aplican medidas que respondan a una política en ese sentido. La mercaderías cuyo ingreso se vea impedido por las disposiciones sanitarias vigentes son decomisadas y puestas a disposición de la autoridad respectiva, mientras que aquellos productos decomisados por Aduana tienen diferente destino. En el caso de la mercadería perecedera es entregada en donación a instituciones públicas, en tanto que la no perecedera es depositada hasta completar el proceso infraccional aduanero”.
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