Paysandú, Martes 07 de Septiembre de 2010
Locales | 03 Sep Si bien la Suprema Corte de Justicia declaró la inconstitucionalidad de la ley 18.187 que asimilaba a los colonos del anterior régimen a los que ingresaron posteriormente a 1948, por la ley 11.029, este beneficio no alcanza a quienes no presentaron recursos, al no haber sido derogados o modificados por el Parlamento los artículos cuestionados, por lo que se mantienen los perjuicios para los que no han iniciado acción legal con este fin.
Así lo manifestó ante consulta de EL TELEGRAFO el Dr. Nicolás Olivera, patrocinante de varios colonos que obtuvieron la declaración de inconstitucionalidad, quien señaló que en breve habrá de presentar otro escrito en representación de ex colonos de Paysandú, Salto, Río Negro y Soriano, a efectos de obtener similar pronunciamiento de la Suprema Corte.
Explicó que como se establece en la Constitución, la exoneración solo comprende a los que presentaron acción legal, y que por lo tanto están vigentes las restricciones a la libre disponibilidad establecidas en la norma cuestionada.
Manifestó asimismo Olivera que si bien en su momento el Parlamento votó prórrogas que están vigentes, éstas refieren solo a la obligación de registrar las propiedades ante el Instituto Nacional de Colonización (INC), pero en cambio subsiste la afectación a la libre disponibilidad, al no poderse enajenar, arrendar, hipotecar o efectuar cualquier otra operación con estas propiedades que anteriormente a la Ley 18.187 eran de libre disponibilidad del colono, como surgía del ordenamiento legal vigente cuando se adquirieron estas tierras a través del Departamento Rural del Banco Hipotecario del Uruguay.
Esta situación de incertidumbre legal acarrea serios perjuicios a los propietarios de estos campos, cuyas propiedades se han desvalorizado a un mínimo e incluso no son aceptadas para operar en los bancos ante la situación en que se encuentran.
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