Paysandú, Viernes 10 de Septiembre de 2010
Locales | 05 Sep De acuerdo a los términos del proyecto de ley de Presupuesto Quinquenal, los contribuyentes del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) podrán deducir el 6 por ciento de los alquileres que pagan, siempre y cuando identifiquen al arrendador.
A la vez, para los alquileres temporales de inmuebles con fines turísticos los contribuyentes podrán deducir también el 6 por ciento del precio del alquiler, aunque el Poder Ejecutivo podrá limitar este régimen a períodos de tiempo, zonas geográficas o el valor de la propiedad. Según indica el mensaje, en los hechos no se realizará una deducción del IRPF sino que el 6 por ciento del alquiler se computará como crédito fiscal, pero los caminos para procesar esta imputación se reglamentarán luego de aprobada la ley. Asimismo el proyecto comprende otra modificación al régimen tributario que refiere a la limitación a que cónyuges o concubinos reconocidos judicialmente tributen como núcleo familiar. La opción de tributar como núcleo familiar se restringirá a que ambos integrantes de la pareja sean contribuyentes del IRPF, o que uno lo sea y el otro no tenga trabajo rentado, en tanto tampoco podrán tributar conjuntamente los matrimonios con separación de bienes.
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