Paysandú, Miércoles 27 de Octubre de 2010
Policiales | 21 Oct Dos hombres, de 25 y 19 años, fueron procesados por la Justicia luego de un operativo efectuado por personal de la Dirección de Investigaciones, en el marco del cual fue cerrada una boca de venta de drogas y aclarado un robo de cables de una empresa de ingeniería eléctrica de Maldonado.
Extraoficialmente se supo que el operativo comenzó con la detención de un joven de 25 años, sospechoso de ser el autor de una maniobra de hurto de cables en el departamento esteño. Al requisar sus pertenencias, se hallaron dos pequeñas bolsas con una sustancia similar a la marihuana.
Una vez indagado, manifestó que las había adquirido en una finca de la zona de Zelmar Michelini al sur, por 100 pesos.
El detenido, de iniciales J.M.A.R., resultó ser empleado de una empresa del ramo de electricidad de Maldonado, quien con documentación falseada –según sus dichos-- había vendido días atrás 238 kilos de cobre, por un valor de 13.850 pesos, en una casa de compra-venta local.
A la vez manifestó que el cobre procedía de un predio propiedad de la empresa para la cual trabaja y que el traslado lo hizo en un vehículo de alquiler, agregando que no era la primera vez que lo hacía.
Paralelamente, personal de Investigaciones efectuó un allanamiento en el domicilio identificado como expendio de estupefacientes, del cual condujeron aprehendidos a M.M.R.G., de 19 años, y a un adolescente de 15. En tanto, en la finca incautaron 1.500 pesos y dos “palancas” de una sustancia similar a marihuana, las que arrojaron un peso de 382 gramos, y un teléfono celular.
Indagado el de 19, manifestó que concurría esporádicamente a esa finca con el fin de fumar algún “porro” y también a ayudar al menor a vender de esa sustancia, lo cual hacen a un promedio de 50 pesos la “palanca”. Tras declarar en la sede judicial, el magistrado de turno resolvió el procesamiento con prisión de M.M.R.G. por haber incurrido en un delito de suministro de estupefacientes, de acuerdo al artículo 34 del Decreto Ley Nº 14.294, en la redacción dada por el artículo 3º de la Ley Nº 17.016; y el procesamiento sin prisión de J.M.A.R. por un delito de hurto agravado por el abuso de confianza en reiteración real con un delito de certificación falsa por un funcionario público en la modalidad prevista en el Artícu-lo 241 inciso 2º, imponiéndole medidas sustitutivas a la prisión consistentes en realizar tareas en la sede judicial.
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