Paysandú, Miércoles 24 de Noviembre de 2010
Locales | 21 Nov El Movimiento Nacional de Rocha, que orienta el profesor Carlos Julio Pereyra, realizó recientemente un encuentro de dirigentes y tomó posición en una serie de temas que implican una postura crítica respecto a diversos aspectos de la gestión del gobierno del Frente Amplio, destacó a EL TELEGRAFO el dirigente sanducero Carlos Geninazza.
Este sector del Partido Nacional considera que si bien el presidente de la República, José Mujica, ha puesto de relieve posturas muy distintas a las que tenía cuando integraba el movimiento armado Tupamaros, “a su lado se mueven fuerzas oscuras”, y aclara que colaborar “no significa asociarse al gobierno y menos aún mercantilizar la acción política, por lo que el panorama general que ofrece el gobierno merece importantes reparos”.
En este sentido indica que “se viola la Constitución con absoluta ligereza e irresponsabilidad, lo que significa que no existen garantías para los derechos de los habitantes del país. Con ello se falta al primer deber de todo gobernante, que es respetar el régimen jurídico del Estado”.
Asimismo, “se gobierna bajo el signo de la imposición de mayorías irracionales que responden solamente a la fuerza del número, ignorando los derechos de los que no piensan como ellos”, a la vez de destacar que “la inseguridad constituye hoy la mayor preocupación de los habitantes, faltando también con ello a los deberes fundamentales del Estado”.
“El desprecio por las prácticas del derecho desde las alturas del gobierno estimula a los que están bajo él también a actuar fuera de la ley, practicando el delito que provoca gran parte de la inseguridad reinante”.
A este respecto el Movimiento Nacional de Rocha aclara que “tal decisión gubernamental interferirá en decisiones que solo deben tomar los órganos establecidos por la Constitución (Art. 262), el intendente y la Junta Departamental, electos por los ciudadanos de cada departamento”, además de plantear que “la coordinación que se invoca ya está consagrada en la Constitución a través del Congreso Nacional de Intendentes y a través del mecanismo de comunicación de ambos gobiernos establecida en el Art. 276”.
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