Paysandú, Miércoles 19 de Enero de 2011
Locales | 13 Ene El tránsito en el puente binacional General José Artigas es fluido y sin mayores inconvenientes para los turistas, tanto por la menor afluencia de vehículos como por una mejor y más rápida atención de las instituciones que allí cumplen sus funciones, particularmente Migración y Aduanas, según pudo constatar EL TELEGRAFO.
Si bien hay momentos en que se forma cola, tanto para ingresar como para salir del país, las demoras son de entre 10 y 20 minutos, según las consultas efectuadas.
Básicamente, en la mañana el tránsito por el puente que une las ciudades de Paysandú y Colón es de vehículos argentinos que regresan a su país o que entran a Uruguay, en su mayoría con destino a las playas del sur y este, aunque un número importante dice dirigirse hacia Brasil. Estos días pasados la cola de quienes querían ingresar a Uruguay se extendió sobre el puente.
Tránsito Vecinal, de tarde
Después de las 15 aumenta el tránsito hacia Argentina, básicamente compuesto por autos, camionetas y motos de Paysandú, que van de paseo a Colón. Al ser mayor el tránsito vecinal, los trámites son más rápidos, por lo que las colas son menores.
Además, desde que la Dirección Nacional de Migración comenzó a pagar horas extra el pasado 1º de enero, hay una atención mayor de esta dependencia, lo que se verá reforzado con los nuevos funcionarios que anunció el director nacional. Hubo días en que se habilitaron hasta cinco carriles para ingresar al país, los cuatro que están en la senda correspondiente y hasta uno que queda “contra flecha”, ya que había funcionarios suficientes para atender las ventanillas correspondientes.
“Pase nomás”, dice aduana
En la Dirección Nacional de Aduanas se está aplicando el decreto 573/94, que prevé que los vehículos empadronados en países del Mercosur puedan pasar sin ser revisados, o haciéndose una inspección “selectiva”. Así lo dispuso el director nacional Enrique Canon, quien en realidad puso en vigencia un decreto que data de la fundación del Mercosur, en 1994.
El decreto establece en su artículo 4 que “la circulación de los vehículos comunitarios (Mercosur) de un Estado parte a otro, conducidos por turistas, no estará sujeta al cumplimiento de ninguna formalidad aduanera, sin perjuicio de los controles selectivos que pudieran practicar las autoridades competentes en relación al cumplimiento de las condiciones y requisitos exigidos por este régimen”.
Esto determina que el tránsito sea más rápido, si bien los funcionarios de Aduanas de todas maneras hacen inspecciones cuando lo consideran necesario.
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