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Paysandú, Martes 08 de Febrero de 2011

Rige obligación de presentar partida de nacimiento de menores para salir del país

Locales | 07 Feb Desde principios de este mes la Dirección Nacional de Migraciones está exigiendo la partida de nacimiento --con antiguedad no mayor a treinta días-- para que los menores uruguayos puedan dejar el territorio nacional, aún si viajan acompañados por sus padres, quedando invalidado como documento probatorio de filiación la libreta de matrimonio, una exigencia de características únicas en los países de la región. El anuncio de esta medida causó polémica a fines del año pasado, cuando a solicitud de empresas de viajes el gobierno nacional dejó en suspenso hasta el 1º de febrero la medida que se proponía aplicar desde el 1º de enero.
Según las explicaciones dadas a EL TELEGRAFO por el director nacional de Migración, inspector José Chavat Azeni, la posibilidad de reconocer hijos fuera del matrimonio, por lo que no necesariamente figuran en la libreta de casamiento, y los cambios que puede haber respecto a la patria potestad de los niños, determinó que el único documento que se reconozca para los trámites de menores sea la partida de nacimiento, como lo establece el Código del Niño y el Adolescente. “Es el único documento con el cual se puede demostrar que el menor es el hijo de quienes dicen, además del pasaporte”, dijo. Consultado respecto a que la duración del pasaporte es de cinco años, mientras que el permiso de menor puede durar hasta un año, y la partida de nacimiento caduca a los 30 días de emitida, dijo que “con el pasaporte, los dos padres justifican con la partida que son los padres. Si hay algún cambio, cuando la persona hace por ejemplo un reclamo de paternidad, está obligado a hacer los cambios en la Dirección Nacional de Identificación Civil, y anular el permiso que se otorgó para ese pasaporte. No pasa lo mismo con nosotros, por eso es que la partida debe tener una vigencia de treinta días”.
Sobre la situación en Paysandú --como en Salto y Fray Bentos-- donde hay un tránsito vecinal fluido y muchos sanduceros pueden decidir ir a Colón con sus hijos en forma no programada, y si eso puede ser revisado, dijo que no hay excepciones y que “cuando cruza con el hijo, tiene que hacerlo con la partida de nacimiento que justifique que el menor es hijo de ambos”.


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