Paysandú, Viernes 18 de Febrero de 2011
Locales | 18 Feb El edil colorado Mauricio De Benedetti refirió al proyecto de Presupuesto Quinquenal Departamental que el intendente de Paysandú remitió a la Junta y “donde además del estudio en comisión, los ediles vamos entrando en los distintos temas que nos preocupan. El total es de 6.000.000.000 de pesos y si a esa suma la dividimos entre los habitantes de Paysandú, de una u otra forma a través de los impuestos nacionales (luego una parte se vuelca al departamento) y los municipales, cada sanducero transferirá mil pesos por mes a la Intendencia, con lo cual se obtendrá una suma que ronda los cinco millones de pesos por cada día, que se podrán gastar con la recaudación prevista”.
En cuanto al articulado, el edil señaló que “en el artículo 5º se faculta al intendente a autorizar programas y realizar contratos con fondos u organismos internacionales o de distinto tipo, para después simplemente comunicarlo a la Junta Departamental. Lo que corresponde es hacer un pedido de anuencia a la Junta Departamental, obviamente en forma previa”.
Añadió que “el artículo 6º habla de la presupuestación de los municipios (Guichón, Quebracho y Porvenir), cuando ellos están integrados al Presupuesto Quinquenal al igual que cada Junta Local, en un párrafo aparte y --en una consideración muy personal-- debería decir ‘tal porcentaje del Presupuesto lo vamos a dedicar a los municipios a los efectos de que los alcaldes tengan un poco más de libertad al momento de definir los gastos’. No olvidemos que si bien al elaborar este proyecto de Presupuesto Quinquenal se consultó a las juntas locales, al no estar conformadas en realidad a quienes se consultó fue a los secretarios dispuestos por el intendente”.
“Con respecto a los municipios creo que se tiene una actitud centralista --dijo De Benedetti-- porque en otro párrafo se les obliga a depositar inmediatamente los dineros que se recauden o sea que son tratados de igual manera que las juntas locales”.
Creación de cargos
El edil colorado también citó el artículo 8º del proyecto. “En este artículo se crea un cargo de director general, tres cargos de directores, tres de subdirector y un cargo de secretario de Junta Local. Pero en el siguiente artículo (9º) se habla de una reestructura para adecuar la Intendencia a las necesidades de funcionamiento, ‘en coordinación con el gremio Adeyom’. Entonces, si vamos a hacer una reestructura en diálogo con Adeyom, me pregunto: ¿para qué vamos a crear los cargos antes? ¿No sería mejor esperar a ese diálogo e integrar todo en un solo paquete?”.
En referencia al artículo 32º dijo que “se faculta al intendente a realizar trasposiciones de rubros y luego comunicarlo a la Junta. Esto no es así, todos los años el intendente hace la Rendición de Cuentas y Modificación Presupuestal en donde pide la autorización correspondiente para realizar trasposiciones de rubros, o sea que corre lo que sobró en un sitio y faltó en el otro. Lo que tiene un riesgo adicional, y es que en todo el Presupuesto Quinquenal se indica en qué se van a gastar los recursos, con un rubro ‘otros’ que aparece siempre y no nos parece mal para un momento de emergencia. El problema es que ese rubro, en todas las direcciones municipales, suma 443.000.000 pesos, que consideramos excesivo, puesto que es un rubro de libre disponibilidad de cada director y del propio intendente. No es necesario que sea tan grande”. “De ahí el peligro de la situación: por un lado tenemos que dar una autorización por cinco años para transferir rubros y por otro tiene esos cuatrocientos cuarenta y tres millones de pesos. Al menos debería estar aclarado en qué se va a emplear el rubro ‘otros’ al que se hace alusión”.
Multas de tránsito
De Benedetti refirió también al artículo 40º, “en el que se determina que el 30 por ciento va para el funcionario que aplica la multa por infracción de tránsito y el 70 por ciento para las arcas de la Intendencia. Nosotros consideramos que habría que disponer una parte de este setenta por ciento de la Intendencia que esté destinado directamente a ‘señalización’, es decir que se destine a mantener la cartelería de Tránsito”.
“El artículo 54º habla de exoneraciones del pago de Contribución Inmobiliaria a estacionamientos y espacios verdes que ‘contribuyan al embellecimiento de la ciudad’, dentro de las cuatro grandes avenidas. Pero es menester saber qué criterio se va a seguir dentro de esta referencia general, lo que no sabemos. En el artículo 110º se habla de las rifas que se realizan, exigiendo un depósito del 15 por ciento del bien a rifarse o garantía. Me pregunto si la Intendencia puede garantizar una rifa, si ya tenemos a la Dirección de Loterías y Quinielas y otras dependencias con las competencias en esta materia. Pudiéndose dar situaciones como la que ocurrió recientemente en el departamento de Salto, donde la propia Intendencia donó un automóvil para ser rifado en beneficio de una determinada institución. ¿De dónde se sacaría ese monto para hacer el depósito del 15 por ciento que se exige acá?”, preguntó.
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