Paysandú, Lunes 21 de Febrero de 2011

MODIFICACIONES EN PROCESO JUDICIAL

Nacionales | 19 Feb El Ministerio del Interior remitirá en marzo al Parlamento un proyecto de ley que establece que se podrá esperar resolución de pena por parte del juez en prisión domiciliaria, seguimiento asistido de la libertad, o cumpliendo penas alternativas, y no privado de libertad en la cárcel. Estarán exceptuadas de este procedimiento las personas que hubieren cometido delitos de homicidio, secuestro, rapiña, copamiento y violación.
El ministro Eduardo Bonomi dijo que “una persona en Uruguay es privada de la libertad cuando se entiende que existe lugar a la realización de un proceso”. Luego del tiempo de detención, que pueden ser años, el juez determina si es culpable y cuánto tiempo le corresponde de pena.
En otros países, el proceso se hace con la persona en libertad --de acuerdo a la gravedad del delito se discute si debe pagar o no fianza--, pero ingresa a prisión cuando se lo pena. En Uruguay se cumple la prisión mientras se es procesado. Enfatizó que muchas veces las penas que se otorgan son menores al tiempo que se estuvo preso.
Señaló que los convenios internacionales obligan a nuestro país a que las personas esperen la pena fuera de la cárcel. Explicó que sobre esa base, junto con la Suprema Corte de Justicia, el ministerio elaboró el año pasado un proyecto que establece que se espere la pena en otras condiciones: prisión domiciliaria, seguimiento asistido de la libertad o penas alternativas, decisión que quedará en manos de los jueces. Afirmó que una cantidad de detenidos están en esas condiciones, pero no precisó el número. Bonomi dijo que el proyecto de ley se enmarca en la saturación del sistema carcelario y en las políticas de rehabilitación, y que se trata de que se pueda comenzar a establecer un proceso de rehabilitación, con nuevas disposiciones legales que sean acompañadas por políticas acordes.


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