Paysandú, Lunes 28 de Febrero de 2011
Locales | 22 Feb Para la representante de los pasivos en el Banco de Previsión Social, Dra. Elvira Domínguez, si bien restan algunos aspectos para igualar derechos en el caso de los empresarios con los trabajadores dependientes en materia de pasividad, es un “mito”, que la jubilación patronal sea baja, desde que a partir de 1996 la prestación que reciban dependerá de los aportes que efectivamente hayan realizado, promediando los veinte mejores años.
En diálogo con EL TELEGRAFO analizó que “eso ha cambiado y tenemos siempre como ese mito de que el empresario se jubila con menos que el trabajador. Desde la aprobación de la Ley 16.713, en el año 1996, ya no es así, y en realidad uno se jubila por los montos que aporta, por el promedio de los veinte mejores años”.
Precisó que “ocurre que muchas veces el empresario aporta por el mínimo, y por lo tanto cuando se jubile le van a tomar los veinte mejores años si son veinte mejores años al mínimo, le sale una jubilación mínima”.
“Cuando la empresa tiene un porte mayor y ya tiene empleados, hay que pagar por el sueldo más alto de la empresa, y en esos casos ese empresario se va a ver beneficiado, porque se va a tomar ese monto por el que se pagó para el cálculo de sus veinte mejores años”, explicó Domínguez. Apuntó que “de todos modos, nosotros igual creemos que hay algunos temas de jubilados patronos que hay que mejorar. Por lo pronto, en este período en que hemos estado en el Banco de Previsión Social logramos que el empresario que se jubilaba con la jubilación mínima pudiese tener derecho a salud, porque el artículo 186 de la ley 16.713 establecía que tenían derecho a salud los jubilados dependientes, es decir como empleados que tuviesen la jubilación mínima y dejaba por fuera a los patronos”.
“En el caso de la Ley 18.211, nosotros logramos que se interpretara que eso era una injusticia y hoy aproximadamente unos ocho mil patrones jubilados a la mínima están gozando de ese beneficio. Ahora, digo que todavía hay que hacer algunos ajustes, porque en realidad no es en las mismas condiciones que un trabajador dependiente: el patrono tiene que demostrar carencia de recursos para que pueda acceder a este beneficio. A nosotros nos parece que eso no es correcto, que tenemos que acceder a la seguridad social con los mismos requisitos trabajadores dependientes e independientes, porque en cualquier caso todos han trabajado y además el empresario ha creado puestos de trabajo”, evaluó la entrevistada.
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