Paysandú, Domingo 06 de Marzo de 2011

Fallo de la Suprema Corte de Justicia favorece el acuerdo por la patente única

Nacionales | 06 Mar Un fallo de la Suprema Corte de Justicia abre la puerta a que se llegue a un acuerdo nacional por las patentes, propuesta en la que trabajan representantes del presidente José Mujica y del Congreso Nacional de Intendentes.
La sentencia, que fue muy discutida pero que salió por tres votos contra dos, desestimó el recurso de lesión de autonomía que presentaron las intendencias de Colonia y San José y también la Junta Departamental coloniense.
Los ministros Jorge Chediak y Jorge Larriux le dieron la razón a las intendencias, y compartieron con las comunas que la ley de empadronamiento lesiona la autonomía que la Constitución les otorga. En cambio, los ministros Leslie Van Rompaey y Jorge Ruibal entendieron que la norma no lesiona la autonomía. Por último, el magistrado Daniel Gutiérrez opinó que cuando la infracción proviene de una ley se debe plantear el recurso de inconstitucionalidad, y señaló que a su juicio la norma no vulnera ningún artículo de la Constitución, por lo que su voto pesó para que saliera una sentencia negativa a las intendencias, según informó Observa.
La ley 18.456, de empadronamiento y reempadronamiento de vehículos aprobada en diciembre de 2008, determina el criterio para fijar “el domicilio permanente” de las personas físicas o jurídicas titulares de dichos bienes y, como consecuencia, de la Intendencia en la que debe tributar.
La discusión de los magistrados giró entorno al artículo 297 de la Constitución que establece que los gobiernos departamentales tendrán como fuente de recursos “determinados impuestos, las contribuciones por mejoras, tasas, tarifas, y precios por servicios”, entre otros.
En una sentencia que la Corte emitió semanas atrás frente a un recurso de inconstitucionalidad presentado por contribuyentes particulares, los ministros de la Corte, que ahora votaron en mayoría, señalaron que la interpretación que hizo la ley del alcance territorial de la potestad tributaria “no constituye infracción constitucional alguna”. Afirmaron también que “no existen derechos absolutos” y que los derechos consagrados por la Constitución “pueden ser limitados por el legislador nacional por razones de interés general”.
En posición contraria, los otros dos ministros opinaron que sí se lesiona la autonomía porque la Constitución establece que la patente de rodados es una fuente de recursos municipal y ello es competencia de las intendencias. Agregaron que no puede establecerse como base de ese tributo la circulación.


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