Paysandú, Sábado 26 de Marzo de 2011
Locales | 24 Mar Uruguay, Chile, Argentina, Brasil y Perú --con variados resultados según los documentos a los que accedió EL TELEGRAFO-- entablaron demandas a las proveedoras de oxígeno medicinal líquido y gaseoso acusándolas de prácticas de “colusión” y coordinación para presentarse en licitaciones públicas hechas por los hospitales, así como cobrar precios diferenciales sin ninguna razón aparente a sus clientes.
Además, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) dedicó una de las reuniones de la “Quinta conferencia de las Naciones Unidas encargada de examinar todos los aspectos del conjunto de principios y normas equitativos convenidos multilateralmente para el control de las prácticas comerciales restrictivas” realizada en Antalya (Turquía) en 2005, y analizó específicamente el caso argentino, titulando ese capítulo como “Prácticas contrarias a la libre competencia. Argentina: Cártel en el mercado de provisión de oxígeno para uso medicinal”.
La postura internacional
En el desarrollo de ese trabajo de la ONU, se destaca que “las empresas son filiales locales de Air Liquide (Francia), Praxair (Estados Unidos), AGA (Alemania) e Indura (Chile)”, mientras que más adelante se indica que “la investigación llegó a la conclusión de que las empresas infractoras habían acordado distribuirse los clientes entre ellas y también habían participado en prácticas de licitación colusoria (concertación en las ofertas). En el curso de su investigación, la Comisión llevó a cabo cuatro allanamientos a primeras horas del día, que permitieron descubrir algunos documentos clave que demostraban el intercambio de información acerca de clientes, ofertas, precios y el mecanismo para distribuir los clientes, acordando qué empresa ganaría cada licitación. Como resultado del cártel, se aplicaba a los hospitales y los consumidores precios elevados por el oxígeno de uso medicinal y los miembros del cártel disfrutaban de beneficios adquiridos ilícitamente”.
Multa y advertencia
En el caso argentino, en una sentencia de 136 páginas, se resuelve multar a las empresas en 70 millones de pesos, y en el artículo 371 de la sentencia se indica sobre la documentación y correos electrónicos incautados en los allanamientos, que “en particular, dicha documentación indica que, acordando no presentar ofertas a licitaciones o concursos de precios u ofertando un precio más alto que la incumbente, las empresas Air Liquide, Praxair, AGA e Indura han acordado repartirse los distintos hospitales y sanatorios. De la misma documentación surge que dichas empresas se ‘ceden’ mutuamente ciertos clientes, a modo de compensación, a lo que denominan ‘intercambio’. Dichas empresas complementan los repartos de clientes con acuerdos de fijación de precios”.
Antecedentes
holandeses
También en la sentencia recuerdan que “teniendo presente que Praxair, Air Liquide, AGA e Indura son empresas multinacionales, que Air Liquide y AGA fueron investigadas y sancionadas en Holanda por su participación en un cártel de gases industriales y medicinales en los años comprendidos en el período 1993 y 1997”.
En definitiva, las empresas en Argentina a estar por esta sentencia, fueron multadas por 70.300.000 pesos argentinos, y el detalle fue Praxair con $ 26.100.000; Air liquide con $ 24.900.000; AGA $ 14.200.000; e Indura en $ 5.100.000, y las multas estuvieron vinculadas a la cantidad de oxígeno que vendieron en el mercado argentino.
En la conclusión también se dispone “ordenar a las firmas Air Liquide, Praxair, AGA e Indura que cesen y se abstengan en lo sucesivo de concertar precios, repartirse clientes, y de concertar o coordinar posturas en los procedimientos de contratación en los mercados de oxígeno medicinal”.
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