Paysandú, Lunes 28 de Marzo de 2011

Caso del Hospital de Clínicas

Investigadas por “colusión”, no pudo confirmarse intención de las empresas de oxígeno medicinal

Locales | 22 Mar La diferencia de precios que se constata en las licitaciones públicas de la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE) para compra de oxígeno gaseoso o líquido, donde cotizan tres empresas pero sin competir entre sí, sino que en las licitaciones se presenta una sola oferta de una sola empresa --por lo que obviamente sale adjudicada-- fue objeto de una denuncia por la dependencia estatal Unidad Centralizada de Adquisición de Medicamentos y Afines del Estado (Ucamae) a la también dependencia estatal Dirección General de Comercio (DGC) del Ministerio de Economía y Finanzas en el año 2007.
La denuncia era específicamente por el caso de la licitación del Hospital de Clínicas del llamado 6/07, donde se presentó solamente Aga S.A. y la Ucamae entendía que “habría existido un acuerdo entre los proveedores de oxígeno medicinal” para el llamado del Clínicas.
“falta de pruebas”
La Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia (CPDC) de la DGC analizó la denuncia y en 2009 afirmó que “se desestima la denuncia de acuerdo colusorio por ausencia de pruebas”, aunque recomendó a la Unidad Centralizada de Adquisiciones (UCA) “la consideración de los posibles efectos en los costos de transacción en el momento de diseñar las reglas de juego para cada licitación, de modo de prevenir que inadvertidamente se estén generando incentivos para la colusión”.
El término “colusión” es un concepto usado en economía, y define un acuerdo o cooperación entre un grupo de empresas para fijar políticas comunes, que pueden ser fijar precios, establecer cuotas de producción para el mercado y coordinar planes de inversión. En general tienen el propósito de limitar la competencia. Es el acto de trabajar con otros productores en un esfuerzo conjunto por limitar la competencia y aumentar las ganancias del grupo.
MÁs caro por mejor
En el trabajo realizado por la CPDC se solicitó a las empresas denunciadas por Ucamae --que eran Aga S.A., Air Liquide Uruguay S.A. y Praxair Uruguay Ltda.-- información detallada sobre las denuncias, que incluia los costos de producción de los productos, como el oxígeno. Air Liquide no presentó esos valores porque “podría llevar a conclusiones erróneas”, pero las otras dos empresas sí lo hicieron.
Entre las explicaciones de las empresas, Aga S.A. justificaba el nivel de cotizaciones relativamente alto porque “Aga incurre en mayores gastos que garantizan la calidad de sus productos”. Las otras dos empresas, Praxair y Air Liquide, justificaron su ausencia de la licitación señalando que tenían limitaciones en la capacidad de distribución y de inversión para cumplir.
Ganancia de 99%
bajó a 51%
Las conclusiones de la CPDC establecen que de los análisis se concluyó “que las licitaciones para la compra de oxígeno medicinal líquido para el Hospital de Clínicas en 2007 y en los años previos presentaban una situación claramente no competitiva, con un único oferente y proveedor, con precios muy altos en relación a los que surgían de licitaciones para otros centros hospitalarios”.
“Que los márgenes incluidos en los precios ofertados por Aga en 2007 (de 99% en la oferta inicial y de 51% en la mejorada) son demasiado altos como para aceptar que, como dice el denunciado, el nivel de precios se explique por costos especialmente altos. En un contexto competitivo, los costos particularmente altos de una empresa la llevan a tener márgenes relativamente reducidos. En el marco de un proceso licitatorio potencialmente competitivo, el mantenimiento de márgenes tan elevados solo puede deberse al convencimiento por parte del cotizante de que no intervendría, finalmente, ningún otro competidor”.
“Poco competitiva”
pero no colusión
En cuanto a las razones de por qué las otras empresas no se presentaron a la licitación (como sucede también en la licitación de 2008 y de 2009, que tenemos documentada) el informe de la Comisión dice que las explicaciones de Praxair “no son convincentes”, mientras que las de Air Liquide “se pueden confirmar”. Sin embargo, y analizando las condiciones de la licitación, se dice que “si bien la situación que caracterizó al llamado 6/07 de la Ucamae (...) se puede calificar como poco competitiva, la información disponible no permite confirmar que la existencia de una colusión explícita o tácita entre los potenciales proveedores fuera la única explicación factible de sus conductas”.


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