Paysandú, Martes 31 de Mayo de 2011
Policiales | 28 May A raíz de un accidente de tránsito registrado en 2005 la Justicia Penal procesó en las últimas horas al conductor de una máquina vial de la Intendencia.
En el siniestro resultó gravemente herida una motociclista, en tanto el trabajador fue procesado por lesiones graves culposas.
Como informáramos en abril de 2005, en la intersección de Washington y Gutiérrez Ruiz chocaron una máquina municipal con pala, matrícula IOF 1053, y un birrodado Honda 70 cc., carente de chapa matrícula, conducido por C.B.O., de 23 años.
Indagado E.R.V.V., entonces de 48 años, dijo que conducía la máquina al Este y al intentar doblar por Gutiérrez Ruiz al norte, no se percató que una moto circulaba en igual sentido. El birrodado –dijo-- embistió la parte izquierda de la máquina, cuya rueda trasera arrolló a la conductora. La prueba de espirometría practicada al operario arrojó resultado negativo.
Trasladada al Hospital Escuela del Litoral, C.B.O. reveló politraumatizada grave, fractura de fémur derecho y pelvis, piezas dentarias fracturadas, erosión en región nasal, con peligro de vida, por lo que debió ingresar al CTI. Indagada días después manifestó que iba por Washington al Este detrás de la máquina, cuyo conductor maniobró hacia la derecha, oportunidad que aprovechó para intentar adelantarla. Sin embargo el pesado vehículo se desplazó nuevamente hacia la izquierda, golpeándola en el rostro con la pala y provocándole la pérdida de una pieza dentaria. Al caer --agregó-- una de las ruedas pasó sobre su espalda y otra sobre sus piernas. Se incorporó y vio que la máquina se detuvo a aproximadamente media cuadra, descendiendo el conductor, quien le brindó asistencia.
Policía Técnica efectuó relevamientos en el lugar del accidente, en tanto la Justicia Penal dispuso que el maquinista recuperara la libertad y que la accidentada fuera examinada por el forense. No obstante, en las últimas horas resolvió el procesamiento sin prisión de E.R.V.V. por un delito de lesiones graves culposas, imponiéndole como medida sustitutiva a la prisión, la obligación de presentarse y permanecer en la seccional de su domicilio dos veces por semana, durante 4 horas por el término de 90 días.
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