Paysandú, Martes 28 de Junio de 2011
Locales | 21 Jun El Poder Ejecutivo envió al Parlamento un proyecto de ley por el cual se crea la figura del monotributo social Mides, un instrumento que aportará a la formalización de un importante número de emprendimientos productivos generados y sostenidos por integrantes de hogares en situación de pobreza.
La propuesta es el resultado de un acuerdo alcanzado en el denominado Ámbito por la Inclusión y Formalización del Trabajo, un espacio interinstitucional creado en 2010 que integran los ministerios de Desarrollo Social, Trabajo, Economía y Finanzas, Industria y Energía, la presidencia del BPS, DGI, Dirección Nacional de Aduanas y OPP.
“Estamos convencidos que el Monotributo Social Mides atiende en gran medida la preocupación y demanda de miles de ciudadanos que integran hogares en situación de pobreza y que con mucho esfuerzo desarrollan alguna actividad productiva y comercial sin haber podido formalizarse conforme al marco jurídico vigente”, señala en los considerandos el proyecto de ley.
El Mides ejecuta desde 2005 programas de apoyo (créditos, acompañamiento, capacitación) a emprendimientos productivos para este sector de la población. En ocasión de realizarse en 2009 un encuentro con ciento de ellos de todo el país y de las más diversas actividades productivas, una de las principales demandas de este colectivo hacia el Estado fue la necesidad de crear un instrumento como el monotributo social.
El proyecto se basa en el texto de la ley 18.083, que creó el monotributo en diciembre de 2006, que atiende a un sector importante de la población permitiéndole realizar aportes al BPS y acceder a beneficios sociales. No obstante el monotributo social agrega características propias, por lo que los redactores entienden que no debe ser entendido como una extensión del anteriormente existente.
Aunque se trate de un tributo a una actividad que hasta ahora ha sido informal, lo que se pretende con esta formalización es aumentar los ingresos a partir de un aumento de ventas por la presencia formal en el mercado. Además, se entiende que “este beneficio económico al que se accede tributando puede al mismo tiempo constituirse en el inicio de un proceso cultural de formalización, asumiendo ésta como un derecho y un deber”.
Se trata de un tributo único sustitutivo de toda otra contribución especial a la seguridad social e impuestos nacionales (salvo el que grava importaciones), orientado a promover la inclusión social de sectores excluidos, del que se podrá ser contribuyente siempre que el Mides verifique que los sujetos interesados reúnen las condiciones que la ley exige.
Quienes pueden beneficiarse de este monotributo son quienes, integrando hogares que se encuentren por debajo de la línea de pobreza, producen y comercializan bienes y prestan servicios, no tienen personal dependiente, pudiendo desarrollar una actividad individual o asociativa. La concurrencia a la escuela de los menores a cargo de los emprendedores, controles de salud periódicos, inexistencia de trabajo infantil ilegal en el núcleo familiar y asistencia a instancias de capacitación que no impliquen costos para los contribuyentes, son otros requisitos a cumplir.
El monotributo social Mides se debe realizar exclusivamente por los meses que se registra actividad efectiva para adecuarse a realidades de trabajo zafral o estacional, así como a la de aquellos que interrumpen su actividad productiva para incorporarse a otra actividad como dependientes o por falta de capital para insumos o materia prima, o enfermedad prolongada.
Como la suspensión o interrupción de la actividad puede ser bastante frecuente, el BPS deberá instrumentar procedimientos idóneos para facilitar la declaratoria de suspensión y reingreso de la actividad. Por otra parte, se crea otro mecanismo novedoso en materia tributaria que es la baja de oficio cuando se adeudan dos meses consecutivos, lo que según la redacción del texto “no persigue otro fin que facilitar el posterior reingreso al sistema, lo que resultaría extremadamente gravoso si las deudas fueran mayores ya que para reingresar se debe estar al día”.
Quienes aporten este tributo, tienen derecho a ingresar al Sistema Nacional Integrado de Salud y, en caso de hacer esta opción, deberán asumir el costo que corresponda de acuerdo al ingreso ficto que esta ley les atribuye.
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