Paysandú, Viernes 01 de Julio de 2011

Referendo consultivo, otra controversia

Opinion | 24 Jun La incorporación de la figura del referendo consultivo ha sido uno de los temas que recientemente ha arrojado sobre la mesa el presidente José Mujica, en su ya conocida costumbre de decir en voz alta lo que se le cruza por la cabeza, lo que puede ser muy ameno en rueda de amigos o charlas de café, incluso tomado con el mejor humor, pero que pasa a ser un juego delicado cuando quien promueve estas ideas es nada menos que el presidente de la República. Pero como en anteriores oportunidades, se trata aparentemente de una especie de globo sonda del mandatario y no de una iniciativa ya fundamentada, ni siquiera dentro de su propio partido, donde también ha caído de sorpresa, como ocurriera con su cambio de pensamiento respecto a la Ley Interpretativa de la Ley de Caducidad, la posibilidad de vender dunas en Cabo Polonio, la aplicación del impuesto a la tierra y ahora el sacar adelante un plebiscito consultivo teniendo en cuenta los puntos de vista encontrados respecto a la concesión de la explotación del hierro de Aratirí.
Es cierto, es un tema controvertido, y tanto lo es como la posibilidad misma de establecer la figura del referendo consultivo, que no está contemplada en nuestra legislación y debería propiciarse a través de una reforma constitucional, nada menos, por alguno de los mecanismos previstos con tal fin.
Por supuesto no es un invento de Mujica, sino que el referendo existe en varios países como un mecanismo de excepción para considerar los grandes temas nacionales, los que incluso involucran el destino de un país, como ha sido por ejemplo el caso de los que fueron propiciados en países europeos para incorporarse a la Unión Europea o para adoptar como de moneda nacional el euro, entre otras posibilidades.
Se trata además por lo general de regímenes parlamentarios, donde el mandatario surge de una coalición y por ende integra un gobierno inestable, que busca contar con el respaldo ciudadano manifiesto para dar validez a una decisión difícil o controvertida, y que eventualmente, de resultar adversa a lo que promueve la fuerza parlamentaria de gobierno, puede provocar la caída de éste.
En nuestro país la cosa es distinta, porque nuestro ordenamiento institucional contempla un régimen presidencial con un Parlamento que se vota en forma simultánea con la elección del mandatario, y porque fundamentalmente es una democracia representativa, donde los uruguayos todos votamos por quienes nos representan en la titularidad del Poder Ejecutivo y ambas cámaras legislativas, y por lo tanto la democracia directa que surge de las convocatorias a plebiscitos debería ser la excepción y no la regla. Sobre todo teniendo en cuenta aspectos culturales que son muy diferentes a los de los pueblos a los que suele consultarse incluso en medio de una jornada laboral, sin que se paralice la vida del país.
De ahí que la posibilidad del plebiscito consultivo merezca reparos en cuanto a su posible compatibilidad con nuestro ordenamiento institucional, costumbres y forma de visualizar la política, y mucho menos para pronunciarse en torno a temas para los que se requiere no solo contar con opinión, sino que ésta surja de una sólida información de los votantes, de forma que a éstos no se les pongan las cosas en blanco y negro simplemente por quienes suelen tender a manipular la opinión pública mediante eslóganes fáciles.
Y por cierto la concesión de la explotación de una mina de mineral de hierro, con ser un emprendimiento importante y controvertido, no debería ser un tema de plebiscito consultivo, sino que debe ser inherente a las responsabilidades de gobierno, en el marco de una democracia representativa, porque se trata de decisiones u opciones que deber tomar todo gobernante, lo que no quita que siempre deba buscarse la mayor base de respaldo político posible.
Para ello están los acuerdos de carácter político, en la fuerza de gobierno y en el Parlamento con los partidos de oposición, extendiendo las consultas a organizaciones sociales y sectores representativos, como se ha hecho en mil y una oportunidades.
Una cosa distinta sería planteos que involucren directamente aspectos de tipo ético, moral y religioso, como es el caso de la posibilidad de despenalización del aborto, que es un dilema de conciencia, muy personal y que realmente corta transversalmente a todos los partidos por igual, lo que a la vez cuestiona la real representatividad que puede tener el legislador para tomar posición al respecto.
Por lo tanto, en caso de pretender incorporarse el plebiscito consultivo debería hilarse muy fino y establecer claramente el carácter de excepcional de la consulta, limitándola a temas que realmente exorbiten la delegación de representatividad que otorga el elector a sus gobernantes, y muy claramente establecido, por cierto.


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