Paysandú, Miércoles 20 de Julio de 2011
Locales | 17 Jul Las personas que debían hacerlo y no votaron en las últimas elecciones de directores sociales del Banco de Previsión Social, realizadas el 27 de marzo pasado, no serán sancionadas, según la ley sancionada en la víspera en el Senado, que pasó ahora para su promulgación por el Poder Ejecutivo. La Cámara de Senadores votó 24 en 27 el proyecto de ley de artículo único por el que se exonera de las sanciones previstas por la normativa vigente, a quienes no hubieren cumplido con la obligatoriedad del voto en las elecciones de directores del Banco de Previsión Social. En su artículo expresa que los afiliados al BPS (activos, pasivos y empresas) que estando obligados a sufragar el domingo 27 de marzo de 2011, según lo dispuesto por la Ley Nº16.241, de 9 de enero de 1992, no lo hubiesen hecho, no serán pasibles de las sanciones previstas en el artículo 21 de la citada ley.
La Corte Electoral reglamentará el reintegro a quienes hubieran hecho efectivo el pago de la multa.
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