Paysandú, Domingo 28 de Agosto de 2011

Proyecto de decreto

Justificativo por desempeñar funciones como edil o concejal a trabajadores de la actividad privada

Locales | 24 Ago El edil nacionalista Silvano Baiz presentó un proyecto de decreto que procura equiparar las situaciones en torno de la función del edilato y concejales de alcaldías (cargos electivos y honorarios a excepción del alcalde) entre quienes son funcionarios del Estado y los que se desempeñan en la actividad privada. Dijo que “los ediles siguen siendo desde hace mucho tiempo, receptores directos de la problemática de los pobladores de cada ciudad, buscando un acercamiento con el gobernante de turno para así satisfacer esa demanda de solución a los problemas. Quienes ocupan circunstancialmente estos cargos electivos cada cinco años, son en su gran mayoría ciudadanos que se encuentran en actividad laboral en el ámbito público o privado”. Recordó que “los ediles que se desempeñan en la actividad pública cuentan con el beneficio otorgado por el artículo 673 de la ley 14.106, que cuando deben asumir el papel para el trabajo de una comisión, plenario, viaje, congresos u otros acontecimientos a los que asista bajo su investidura de edil, podrá acudir sin ningún problema, presentando a posteriori el justificativo correspondiente que lo exime de descuentos, multas, etcétera. Pero para aquel ciudadano, también electo por el voto popular, que se desempeña en el ámbito laboral privado su accionar como edil departamental se ve menguado, motivando que esta persona se vea en la imposibilidad de cumplir cabalmente con el papel para el cual fue electo”.
Añadió Baiz que “similar situación se da ahora con la instalación en todo el territorio nacional de las alcaldías en donde los concejales, también electos, padecen el mismo inconveniente.
Nuestra legislación no es clara en estos aspectos y son temas a tener en cuenta para que no se sigan cometiendo injusticias, pues a la larga se dan deserciones en los deliberativos departamentales por las trabas a las que se ven expuestos ya que se podrá pedir una o a lo sumo dos veces, para faltar al trabajo con la pérdida de jornal y con los perjuicios que ello traerá aparejado”.
Proyecto elaborado
El edil Baiz presentó el proyecto de decreto de su autoría el que dice textualmente: “aquellos ciudadanos uruguayos que hayan sido electos en el cargo de edil departamentao o concejal de alcaldía y desempeñe tareas en la actividad privada de cualquier rubro, tendrán derecho a asumir su investigudra tantas veces -y justificativo mediante- sean convocados por el cuerpo al cual pertenecen; el empleador estará obligado a otorgar el tiempo libre solicitado por quien se desempeñe como edil o concejal, sea este titular o suplente; el empleado en su calidad de edil o concejal deberá presentar al término de su comisión un justificativo expedido por el cuerpo al que representa; bajo ningún concepto el empleador realizará descuento, retención o sanción a quien ostente el cargo de edil o concejal y haya solicitado autorización para ausentarse o faltar al lugar de trabajo; en todos los casos el edil o concejal se verá obligado a avisar con antelación al empleador, su ausencia justificada al lugar de trabajo, pudiendo este último adecuar el funcionamiento de su empresa”.
Este planteo quedó radicado en la Comisión de Asuntos Internos de la Junta Departamental, así como ha pedido del edil se comunicará al Congreso Nacional de Ediles, Congreso de Intendentes, directorio de los partidos políticos, demás juntas departamentales y a los tres diputados por el departamento.


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