Paysandú, Martes 30 de Agosto de 2011
Locales | 24 Ago El acuerdo de integración, complementación y cooperación entre las intendencias de Paysandú y Salto consta de seis artículos y en esencia se propone “desarrollar un sistema turístico competitivo en respuesta a la necesidad de fortalecer el posicionamiento, atender los desafíos y unificar decisiones estratégicas en función de las nuevas tendencias y demanda de servicios turísticos en el marco de la Mesa de la Región del Litoral Termal que también integra el Ministerio de Turismo y Deporte, profundizando y desarrollando el Destino Termas Uruguay”.
Para este objetivo deberán establecerse “acciones conjuntas de integración, cooperación y complementación, para la promoción de los atractivos turísticos de la región, con énfasis en los centros termales de Arapey, Daymán, Guaviyú y Almirón, bajo la denominación Destino Termas Uruguay”.
Las intendencias reconocen que para lograr esos propósitos será necesario “gestionar en forma conjunta financiamiento, asesoramiento, asistencia técnica para los proyectos a formular por las Intendencias involucradas” al tiempo que “impulsar el desarrollo del comercio, propiciando inversiones turísticas e innovadoras”.
En el artículo II se establecen acuerdos en turismo, cultura, deporte, vialidad, interior y producción, política ambiental, vivienda y hábitat. En el área turística se propone establecer “una política de unificación de las tarifas por la prestación de los servicios turísticos” municipales en Arapey, Daymán, Guaviyú y Almirón. En el sector privado, en tanto, establecer una tasa turística, que sea un aporte marco de acuerdo a los servicios proporcionados por las intendencias.
En cultura y deporte se promocionarán las actividades de ambos departamentos y se impulsará el intercambio en la región. En vialidad, se coordinará para el uso de maquinaria, materiales, personal para trabajos en áreas limítrofes de ambos departamentos.
En el artículo III se establecen las modalidades de cooperación a través de promoción y difusión; estudios e investigaciones conjuntas; intercambio de personal, técnico, especialista, profesional y obrero; aporte de maquinaria e insumos; formación y capacitación de recursos humanos en general; cualquier otra modalidad a convenir. En el artículo IV se crea como mecanismo de supervisión y coordinación, un grupo de trabajo integrado por un representante de cada una de las partes (directores municipales), que a su vez se apoyará en los especialistas de cada intendencia de las diferentes áreas. Ese personal, según destaca el artículo V, continuará dependiendo de la intendencia respectiva, sin otra relación laboral ni derecho a percibir otros haberes.
En las disposiciones finales del artículo VI se determina su entrada en vigencia en la víspera, a la firma del acuerdo, manteniéndose en vigor hasta el fin de los mandatos de Bentos y Coutinho.
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