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Paysandú, Viernes 30 de Diciembre de 2011

Gobierno declaró urgente ocupación

Dirección Nacional de Topografía llevará adelante la expropiación de Purificación

Locales | 27 Dic El Poder Ejecutivo dispuso que la expropiación del solar donde estuvo enclavada Villa Purificación se realice por el mecanismo de la declaratoria de urgente ocupación, a la vez que encomendó a la Dirección Nacional de Topografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas llevar adelante el procedimiento correspondiente.
De acuerdo a lo que pudo saber EL TELEGRAFO, se expropiarán unas 200 hectáreas, incluido el casco de la estancia El Hervidero. El gobierno expuso una larga lista de razones sobre la importancia que tuvo Villa Purificación, concluyendo que “si bien fue claramente un asentamiento militar, cumplió con las funciones de centro político administrativo, nudo de comunicaciones, centro regional y sede de toma de decisiones en la etapa radical del proceso revolucionario, por lo que la jerarquía del lugar va más allá del mayor o menor desarrollo edilicio o la permanencia de su ocupación, evidenciando la instalación de la capital del Sistema de los Pueblos Libres”.
La norma recuerda que la ley 17.631, del 7 de mayo de 2003, declara Monumento Histórico al solar donde estuvieron emplazados el Cuartel General de Artigas y la Villa de la Purificación, ubicado dentro de las fracciones de campo individualizadas por los padrones 4.980 y 4.983 en mayor área de la cuarta sección catastral de Paysandú, disponiendo que el Poder Ejecutivo con el asesoramiento de la Comisión de Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación proceda a determinar su extensión, delimitación y señalamiento a los efectos de la creación del Parque Nacional de Purificación.
El pasado 7 de setiembre, la comisión remitió un informe al ministro de Educación y Cultura, Ricardo Ehrlich, indicando que en base a la investigación histórica y arqueológica realizada mediante un proyecto llevado a cabo con la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación, solicitó al Poder Ejecutivo que proceda a la expropiación “en mérito a tener la certeza de que allí se encuentra el emplazamiento del asentamiento artiguista de Purificación”. Luego, la Dirección Nacional de Topografía del MTOP realizó el plano parcelario correspondiente, para dar lugar a la expropiación.
Tras señalar una larga lista de motivos que avalan la resolución del presidente de la República y el Consejo de Ministros en relación a la expropiación de dicho solar, Mujica resolvió designar “para ser expropiadas por causa de utilidad pública, declarándose urgente su ocupación, dos fracciones de terreno ubicadas en la cuarta sección catastral, zona rural, departamento de Paysandú, señaladas en el plano parcelario del ingeniero agrimensor Umberto Curi Lara de fecha 5 de diciembre de 2011, cuyos números de padrones en mayor área son el 4.980 y 4.983, que fueron declarados Monumento Histórico por el artículo sexto de la ley 17.631 del 7 de mayo de 2003, a los efectos de la creación del Parque Nacional de Purificación”.
En este sentido, se encomendó al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a través de la Dirección Nacional de Topografía, llevar adelante el procedimiento expropiatorio en vía administrativa y/o jurisdiccional si correspondiere. La resolución firmada por el presidente Mujica agrega también que “previamente a que la Dirección Nacional de Topografía a cargo de la expropiación apruebe las tasaciones de los bienes y disponga la prosecución de los procedimientos correspondientes, deberá efectuarse la imputación preventiva a efectos de asegurar la disponibilidad de crédito para la misma, de acuerdo con la financiación que sea dispuesta por el Ministerio de Economía y Finanzas”.


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