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Paysandú, Martes 03 de Abril de 2012

Lo mismo en todo el país

Proyecto de ley prevé multas de 20.000 pesos por conducir alcoholizado y 3.400 por falta de casco

Locales | 27 Mar El Poder Ejecutivo envió a consideración parlamentaria el proyecto de ley para dar cumplimiento al artículo 54 de la ley 1.181, que propone un sistema común de valores de sanciones para las infracciones a disposiciones de tránsito. La falta de uso de casco por parte de motociclistas y cinturón de seguridad en automotores se multa con seis Unidades Reajustables, es decir, unos 3.464 pesos.
El conductor deberá pagar 35 UR (unos 20.200 pesos) si la alcoholimetría que se le realice verifica que la concentración de alcohol es mayor a 0,3 decigramos por litro de sangre. La propuesta fue formulada por la Unidad Nacional de Seguridad Vial (Unasev) y, de aprobarse, será de aplicación en todo el país mediante los órganos y autoridades competentes. El texto del proyecto elaborado tipifica a las sanciones en leves, graves y gravísimas, y el valor a pagar varía según la gravedad que tenga el siniestro o la infracción de tránsito.
MULTAS
La sanción de menor valor es el pago de una Unidad Reajustable, la que se aplicará a todo vehículo automotor que al transitar la vía pública no tenga, como mínimo, equipamiento obligatorio como el guardabarros para reducir la dispersión de líquidos, barro o piedra. En tanto que la multa por conducir sin licencia se fija en dos UR. Igual valor deberán pagar las motocicletas o bicicletas que no tengan un sistema de frenos que permita reducir su marcha y detenerla en forma segura. Los motociclistas que circulen sin casco protector tienen una sanción de seis UR.
Mientras que la pena por la obligatoriedad del uso del cinturón de seguridad, tanto en vías urbanas como en interurbanas, es de seis UR. El conductor deberá pagar 35 UR si la alcoholimetría realizada verifica que la concentración de alcohol es mayor a 0,3 gramos por litro de sangre.
Los funcionarios del Ministerio del Interior, de la Dirección Nacional de Transporte del MTOP y de las intendencias municipales podrán controlar en cualquier persona que conduzca un vehículo en zonas urbanas, suburbanas o rurales, la eventual concentración de alcohol u otras drogas sicotrópicas en su organismo, lo que podrá ser ratificado a través de exámenes de sangre, orina u otros análisis clínicos.
OTRAS SANCIONES
Los conductores que incumplan con lo establecido podrán tener una suspensión de la habilitación para conducir de entre seis meses y un año en el caso de ser la primera infracción. Si son reincidentes, se extenderá esta sanción hasta el término de 2 años, y en caso de una nueva reincidencia se podrá cancelar la licencia del infractor.
Quien se rehúse a realizarse los exámenes se le retendrá la licencia y se le aplicará una multa de hasta 100 UR. Los conductores de vehículos destinados al transporte de pasajeros, incluidos los escolares, taxímetros, remises y ambulancias o de transporte de carga con más de 3.500 kilogramos, incurrirán en infracción si presentan alcohol en la sangre. La sanción es de 50 UR.
Cuando ocurran siniestros de tránsito con víctimas personales se deberá someter a los involucrados a exámenes determinados por el médico interviniente y solo personal autorizado por el MSP podrá realizarlo. La sanción a la persona física o jurídica responsable de la realización de una extracción de sangre por personal no autorizado será de 100 UR. La misma multa deberá abonar si esa persona jurídica o física no cuenta con las condiciones sanitarias fijadas por el MSP.
La técnica utilizada para llegar a la formulación de los valores se fundamentó en el articulado de la Ley Nacional de Tránsito (18.191) y en la incidencia de la siniestralidad vial o en sus consecuencias luego de sucedido el siniestro. También se tomó como guía el informe de la Organización Mundial de la Salud 2004. El contenido del proyecto fue elaborado con la participación directa de Unasev, Ministerio del Interior, Policía de Tránsito y Policía Caminera, dando participación en el análisis a delegados y representantes del Ministerio de Transporte y las direcciones de tránsito de las intendencias de todo el país.


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